​Para “asegurar la viabilidad de las agencias”

CEAV apoya a FOLATUR en la disputa entre aerolíneas y agencias de viajes

Publicada 22/05/18 -Actualizada 03/07/18 22:58h
CEAV apoya a FOLATUR en la disputa entre aerolíneas y agencias de viajes
  • En la Junta Anual de la WTAAA, que tuvo lugar en Kuala Lumpur, CEAV estuvo representada por Eva Blasco
  • Durante esta cita anual tuvo lugar la adhesión a la WTAAA de FOLATUR, el Foro Latinoamericano de Agencias de Viajes y Operadores Turísticos y la Asociación de Agencias de Korea
  • FOLATUR afirmó que esta propuesta "reduciría la competencia entre las compañías aéreas y tendría un impacto negativo en el consumidor

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha mostrado su apoyo a la declaración presentada por el Foro Latinoamericano de Turismo (FOLATUR). Dicha declaración manifiesta disconformidad con los posicionamientos de diferentes compañías aéreas de América Latina que pretenden limitar la competencia.

Este acuerdo se manifestó durante la celebración los días 9 y 10 de mayo en la Junta Anual de la World Travel Agents Association Alliance (WTAAA) de la que CEAV es miembro, en Kuala Lumpur, Malasia. A la Junta Anual asistió Eva Blasco, adjunta a la Presidencia de CEAV para las Relaciones Internacionales y recientemente nombrada vicepresidenta de ECTAA en representación de ACAVE.

Durante esta cita anual tuvo lugar la adhesión a la WTAAA de FOLATUR, El Foro Latinoamericano de Agencias de Viajes y Operadores Turísticos y la Asociación de Agencias de Viajes de Korea. También se aprobaron las cuentas de 2017 y se trataron temas fundamentales para las Agencias sobre IATA como el NewGenISS, el Easypay, Global Default Insurance, el cumplimiento de la normativa PCI DSS, el tema de ADMS y de los fees de IATA.

Asimismo, cabe señalar que una de las aportaciones que centró la Junta Anual fue la Declaración aportada por FOLATUR donde se denunciaba la influencia de IATA y su rol coordinador en referencia a diversos temas fundamentales en la industria, como el NDC. Además, mostró su preocupación cómo se están desarrollando diversos programas y actividades que obstaculizan la viabilidad de las agencias de viajes y operadores turísticos.

FOLATUR está analizando todos estos movimientos de la industria aérea desde el punto de vista jurídico, especialmente de competencia, como ya hizo CEAV con su demanda judicial a IATA del 2015, que actualmente sigue su proceso judicial.

Declaración de FOLATUR

Fruto de estas inquietudes, surgió la Declaración de FOLATUR, en concreto de la reunión celebrada el pasado 11 de abril de 2018 en Asunción del Paraguay. En ella se destacó la necesidad de mantener un escenario competitivo del negocio del transporte aéreo y se manifestó su oposición a la propuesta de Resolución 787 presentada por la IATA ante el Departamento de Transporte de Estados Unidos para la creación de la “Nueva Capacidad de Distribución” (NDC).

FOLATUR afirmó que esta propuesta "reduciría la competencia entre las compañías aéreas y tendría un impacto negativo en el consumidor”. Además, sostuvo que “la Resolución es especialmente discriminatoria contra los canales de venta y distribución independientes”.

FOLATUR destacó la influencia de IATA y afirmó que “ya es hora de que todas las autoridades antimonopolio pertinentes intervengan en este mercado para hacerlo efectivamente más competitivo, eliminando las barreras artificiales y permitiendo desafíos competitivos”.

Por otro lado, FOLATUR aseguró que este escenario discriminatorio se ve agravado por la acción de algunas líneas aéreas miembros de IATA, que unilateralmente bajan las comisiones que pagan a las agencias de viajes, desconociendo la obligación contractual que les impone el artículo 9 de la Resolución 824.

Dicho artículo contiene el “Contrato de Agencia de Ventas de Pasajes”, que establece expresamente que “por la venta del transporte aéreo y los servicios auxiliares realizada por el Agente a tenor de este Contrato, el Transportista remunerará al Agente de la manera y por el importe que oportunamente se exprese y se le comunique al Agente por el Transportista. Esa remuneración de acuerdo con las Reglas para Agencias de Ventas: constituirá la compensación plena por los servicios prestados al Transportista.”.

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