A su llegada a España

Cuarentena para viajeros del extranjero durante el estado de alarma

El Gobierno prorrogó esta medida hasta el 24 de mayo

Publicada 12/05/20 -Actualizada 05/06/20 02:01h
Cuarentena para viajeros del extranjero durante el estado de alarma
  • Solo podrán salir para comprar alimentos, productos farmacéuticos y acudir a centros sanitarios
  • Estas personas deben realizar todos sus desplazamientos obligatoriamente con mascarilla
  • Agencias de viaje, turoperadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas

Los viajeros procedentes de otros países deberán someterse obligatoriamente a una cuarentena de 14 días a su llegada a España a partir de este viernes, 15 de mayo, y mientras continúe el estado de alarma, prorrogado hasta el 24 de mayo, según una orden del Ministerio de Sanidad publicada hoy por el Boletín Oficial del Estado (BOE), que establece que durante este periodo estas personas deberán permanecer en su domicilio o alojamiento, debiendo limitar sus desplazamientos a determinadas actividades como las salidas para comprar alimentos o productos farmacéuticos, a centros sanitarios o por causa de fuerza mayor. Las agencias de viaje, los turoperadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes que tienen como destino el territorio español.

La orden establece las condiciones de cuarentena a las que deberán someterse los viajeros internacionales, y recuerda que esta medida se ha venido aplicando a las autorizaciones excepcionales otorgadas para las repatriaciones de españoles y residentes en España procedentes de Italia.

Pero incide en que la "favorable evolución" de la situación epidemiológica y el inicio de la desescalada hacen preciso reforzar las medidas de control, de acuerdo a la distribución mundial del virus y en base al principio de precaución.

A su llegada a España, los viajeros estarán obligados a guardar cuarentena durante 14 días en su domicilio o alojamiento y deberán limitar sus desplazamientos a la adquisición de alimentos, productos farmacéuticos y de primera necesidad; la asistencia a centros, servicios y establecimientos sanitarios; y a los que obedezcan a causas de fuerza mayor.

Todos los desplazamientos se realizarán obligatoriamente con mascarilla y deberán observar todas las medidas de higiene y prevención de la transmisión de la enfermedad provocada por el coronarivus, en especial a lo que se refiere a contacto con quienes convivan

Las autoridades sanitarias podrán contactar con las personas en cuarentena para realizar su seguimiento, pero si tienen síntomas como fiebre, tos, dificultad respiratoria, malestar general u otros síntomas de caso sospechoso de la COVID-19 deberán llamar a los servicios sanitarios e indicar que se encuentran en cuarentena por proceder del extranjero.

De estas medidas quedan exceptuados los trabajadores transfronterizos, transportistas y las tripulaciones, así como los profesionales sanitarios que se dirijan a ejercer su actividad laboral, siempre que no hayan estado en contacto con personas diagnosticadas de coronavirus.

Las agencias de viaje, los turoperadores y compañías de transporte deberán informar a los viajeros de estas medidas al inicio del proceso de venta de los billetes con destino en el territorio español

En el caso de aeronaves las compañías deberán facilitar un formulario de salud pública para localizar a los pasajeros (Passanger Location card), que deberá ser entrado por el viajero a la llegada a España.

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