Aerolíneas y navieras deberán utilizar el SARA a partir del 1 de noviembre

El certificado de residente queda eliminado por la consulta telemática obligatoria

Publicada 30/10/14
El certificado de residente queda eliminado por la consulta telemática obligatoria

A partir de este sábado, 1 de noviembre, es obligatorio para aerolíneas y navieras, así como los diferentes operadores de reservas, la utilización del Sistema de Acreditación de Residencia Automatizado (SARA) para la venta de un billete subvencionado con el descuento de residente no peninsular del 50%, evitando que el beneficiario tenga que portar un certificado de residencia.

Así lo establece una nueva resolución del Ministerio de Fomento, que otorga la subsidio del 50% de los billetes aéreos y pasajes en ferry a los residentes de los archipiélagos de Baleares y Canarias y a las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla.

El certificado de residente queda eliminado por la consulta telemática obligatoria El certificado de residente queda eliminado por la consulta telemática obligatoria

La consulta se realizará a través del sistema de acreditación de residencia automático SARA, desarrollado por el Ministerio de Fomento, y al que las diferentes compañías aéreas y navieras, así como sus respectivos sistemas de reserva de billetes, se han ido integrando de forma progresiva.

A partir de ahora, todos los usuarios podrán acceder a la acreditación telemática de la residencia, lo que les permitirá viajar con su billete bonificado sin necesidad de llevar consigo el certificado acreditativo de empadronamiento (certificado de residencia) expedido por el ayuntamiento del municipio en el que residen.

El sistema no funcionaría en aquellos supuestos excepcionales en los que la verificación de la residencia no resultara positiva, como son los casos de los menores de 14 de años que no tengan DNI, los de los residentes que se hubieran empadronado recientemente y aquellos casos en los que se hubieran introducido de forma errónea los datos del DNI (por ejemplo el nombre) en el sistema.

Si la compañía aérea,lla naviera o el que opere la venta, no ha realizado la consulta a SARA de un billete subvencionado, no podrá recibir la subvención ya descontada al pasajero. Asimismo, si un pasajero al que no le corresponde la subvención mantiene el billete como residente, quedarán registrados informáticamente sus intentos de consulta y rechazo del SARA con lo que, además de que su billete sea rechazado en el aeropuerto, podría incurrir en responsabilidades legales.

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