El Parlamento Europeo pedirá la creación de la lista negra de aerolíneas

Publicada 14/11/05
El Parlamento Europeo pedirá la creación de la lista negra de aerolíneas
El Parlamento Europeo (PE) pedirá esta semana elaborar una lista negra comunitaria de compañías aéreas inseguras a las que se prohíba operar en toda la Unión Europea. El pleno de la Eurocámara debatirá el martes día 15 en primera lectura el Reglamento sobre el derecho de los pasajeros a tener información sobre la compañía aérea que utilizan, y votará el texto al día siguiente.
El Parlamento Europeo (PE) pedirá esta semana elaborar una lista negra comunitaria de compañías aéreas inseguras a las que se prohíba operar en toda la Unión Europea. El pleno de la Eurocámara debatirá el martes día 15 en primera lectura el Reglamento sobre el derecho de los pasajeros a tener información sobre la compañía aérea que utilizan, y votará el texto al día siguiente. Los eurodiputados plantean que la Comisión Europea cree una lista a escala europea con los nombres de las compañías aéreas cuyos vuelos hayan sido prohibidos o sus derechos de tráfico restringidos, sobre la base de criterios comunes, para evitar así que la lista sea una simple enumeración de las compañías prohibidas en los diferentes países, y que una compañía a la que se haya prohibido aterrizar en un Estado miembro lo haga en otro. El PE propone que cada país se encargue de elaborar su propia lista negra, con arreglo a criterios comunes comunitarios en colaboración con la CE y un Comité de expertos nacionales en seguridad de la aviación civil, y la comunique luego al Ejecutivo comunitario en el plazo de un mes. La idea es que, si un Estado miembro objeta la inclusión en la misma del nombre de una compañía aérea, sea la Comisión quien decida si debe o no incluirse. El listado se actualizará como mínimo cada tres meses y en el momento en que una compañía aérea haya subsanado el fallo en materia de seguridad podrá ser retirada de la misma. Por otro lado, la decisión de no incluir una compañía aérea en la lista no impedirá a un Estado miembro tomar medidas de seguridad respecto a dicha compañía, cuando haya detectado problemas de seguridad que no existen en los otros países. La Eurocámara pide también que la lista y sus actualizaciones se publiquen en el Diario Oficial de la Unión Europea y en Internet para que los usuarios la conozcan y que los vendedores de billetes, las autoridades nacionales de aviación civil y los aeropuertos de los Estados miembros estén obligados a publicarlas en sus páginas web y ponerla en conocimiento de los pasajeros en sus locales.
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