La Audiencia de Barcelona ha reconocido el derecho de un matrimonio de edad avanzada a ser indemnizado con 3.000 euros por los daños morales causados por la pérdida de sus equipajes en un viaje a Viena por vía aérea que llevaron a cabo en enero de 2003.
El tribunal considera que deben recibir una indemnización teniendo en cuenta la "frustración padecida" y atendiendo a su "delicado estado de salud".
En la sentencia, se desestima el recurso que presentaron las compañías Iberia, Viva Tours y Viajes El Corte Inglés contra un fallo de primera instancia que les condenaba a indemnizar a la pareja.
En opinión de la Audiencia, el matrimonio tiene derecho a ser indemnizado por los padecimientos causados por la pérdida del equipaje, con independencia de la compensación económica que recibieron de la compañía aseguradora que habían contratado voluntariamente para el caso de extravío de sus maletas.
Pese a que el Juzgado de Primera Instancia número 4 de Barcelona fijó una indemnización de 6.000 euros para la pareja demandante, la Audiencia ha rebajado esa cantidad a los 3.000 euros por considerarla "más acorde a los padecimientos inferidos al matrimonio".
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