Legalizada parcialmente la ampliación del Hotel Suances

Publicada 23/10/08
Legalizada parcialmente la ampliación del Hotel Suances
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha acordado legalizar parte de la ampliación del Hotel Suances, que había ordenado derribar por exceso de volumen, si el propietario lleva a cabo las reformas y demoliciones fijadas por este tribunal.
De esta manera, los propietarios tendrá que reducir la superficie de la planta baja, clausurar la bajo cubierta y abordar otros cambios en los sótanos con el fin de reducir el exceso de edificabilidad del hotel. Las condiciones exactas de las obras se especifican en un auto del pasado 2 de octubre, que se hizo público ayer, en el que la sala repasa la propuesta del perito y las peticiones de los responsables del hotel y fija los criterios que se deben seguir para la ejecución de la sentencia y la legalización del edificio. Este hotel fue cerrado a finales de 2007 por una orden del alcalde de Suances, el socialista Andrés Ruiz Moya, en cumplimiento del mandato del TSJC de tres años antes. El cierre afectaba a unos 2.000 metros cuadrados de este hotel, que se amplió en 2003 gracias a un convenio urbanístico declarado ilegal y con una licencia de obras anulada. En resumen, la solución arquitectónica para la legalización del edificio supone la pérdida de uso hostelero en los bloques que conforman la 'T' del edificio, acumulando la edificabilidad en el bloque paralelo a la calle Julián Ceballos. Entre otras cosas, los propietarios del hotel deberán reducir la planta baja, eliminando las dos grandes recepciones y la zona de despachos, para dejar únicamente una pequeña recepción, un comedor y un salón. El resto de la superficie pasará a ser soportales que rodearán todo el perímetro del edificio. Con esta fórmula se permitirá además mantener dos dormitorios ubicados en los extremos de la segunda planta, según se explica en el auto. Los propietarios proponían una reducción más drástica de la planta baja -para dejar sólo la recepción- y planteaban a la vez el aprovechamiento de la zona de bajo cubierta, pero la sala de lo Contencioso cree que el hotel, con independencia de la categoría que tenga en adelante, necesitará un pequeño salón y comedor. Eso obliga a restar el aprovechamiento de la bajo cubierta, que dejará de ser habitable. No obstante, como la cubierta cumple con los parámetros del Plan General de Ordenación Urbana y el problema es el exceso de edificabilidad del conjunto del edificio, bastará con la clausura definitiva de los espacios bajo cubierta y no será necesaria su demolición y reconstrucción que, según el auto, resultaría "desproporcionado e innecesario". Tampoco ve necesario la Sala la clausura de las ventanas, que afectaría a la configuración estética del edificio, ni la demolición de las habitaciones clausuradas, pues supondría una actuación gravosa e innecesaria, pero sí se exige que se elimine la escalera de acceso a la bajo cubierta -en contra de las peticiones de los responsables del hotel-, porque de esa forma se corrobora definitivamente la clausura y la imposibilidad de acceso a esa zona. Por lo que respecta a los sótanos y semisótano, el auto recuerda que se excedió el número de plantas y la altura máxima permitida desde el rasante de la acera y la solución pasa por eliminar la zona que incumple la normativa, de forma que se elimine el aprovechamiento de las plantas -2 y -3.
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