Iberia estudia el alcance de una sentencia que considera "declaratoria" y no "condenatoria"

Publicada 22/05/09
Iberia estudia el alcance de una sentencia que considera "declaratoria" y no "condenatoria"
Iberia considera que no ha sido condenada por el Tribunal Supremo de Justicia de Portugal, si bien su sentencia abre la vía a las agencias de viajes de ese país para reclamar a la compañía las comisiones sobre los servicios a pasajeros. Sin embargo, advierte que deberá ser a través de litigios individuales, según han asegurado a HOSTELTUR fuentes de la compañía.
Las mismas fuentes señalaron que, en un análisis preliminar del fallo, observan que la sentencia del máximo tribunal del vecino país es "declaratoria" y no "condenatoria", ya que, ?no ha establecido una sanción pecuniaria ni obliga a Iberia a un pago en concreto". Aún su equipo de asesores analiza la sentencia que reconoce a las agencias portuiguesas el dereceho a recibir sus respectivas comisiones, mas no otorga a la Asociación Portuguesa de Agencias de Viaje y Turismo (APAVT), que interpuso la demanda, la facultad de reclamarlas actuando como organismo representativo.

Ta y como adelantó ayer HOSTELTUR, la demanda de la APAVT reclama que desde el año 1994 no se hiciera el pago de las comisiones sobre la tasa YP (tasa de servicio de pasajeros) a las agencias de viajes acreditadas en la IATA, unas 300, y estima en dos millones de euros la deuda que por este concepto tendría el grupo de compañías denunciadas.

La sentencia se ha producido unos seis años después de que se iniciase el proceso y es la primera decisión definitiva sobre las cinco acciones interpuestas por la APAVT contra British Airways, Lutfhansa, Air France y KLM. Aún están en proceso algunas de estas causas.

El Tribunal Supremo portugués reconoce en su sentencia que ?las agencias de viajes asociadas de APVT y acreditas por IATA tienen derecho a recibir las comisiones de Iberia como pago de los servicios de intermediación, venta de billetes de transporte aéreo internacional de pasajeros y suplementos sobre el Passenger Service Charge?, que deberán ser calculados desde el 1 de enero de 1994 . 

Diana Ramón Vilarasau (transportes@hosteltur.com)
 
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

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