El Convenio de agencias podría publicarse en el BOE en septiembre, si no hay más "flecos"

Publicada 30/06/09
El Convenio de agencias podría publicarse en el BOE en septiembre, si no hay más "flecos"
Los sindicatos redactaron ayer el último borrador del convenio, y hoy está previsto que lo reciba la parte empresarial. Si fuera aceptado y no hubiera que corregir nuevos flecos, la semana que viene se podría firmar definitivamente y su publicación en el BOE se produciría en septiembre. El Convenio laboral de agencias de viajes es para el periodo 2008-11.
En el mes de febrero parecía que todo estaba hecho, y que la firma del Convenio era pan comido. Pero surgieron varios encontronazos entre las partes empresarial y laboral que han ido retrasando su firma definitiva debido al redactado ?más que al contenido? del nuevo acuerdo marco que marcará las relaciones entre trabajadores y empresas para el  periodo 2008-11. El primer contratiempo fue el malestar creado entre las asociaciones empresariales por un comunicado enviado por UGT.
 
A este comunicado sucedió otro de la parte empresarial, rebatiendo el de la UGT. Desde entonces, a lo largo de estos más de cuatro meses, se han ido produciendo reuniones de la ?Comisión de firma" que se creó en febrero con el fin de alcanzar un texto del Convenio que satisfaga a ambas partes. Ese objetivo parece estar ya muy próximo, según han señalado a HOSTELTUR fuentes de los sindicatos y de las asociaciones de agencias.
 
De hecho, el viernes se reunieron los tres sindicatos que representan a la parte laboral en la mesa negociadora del convenio (SPV, UGT y CCOO), y ayer completaron la redacción del último borrador del texto, que confían en que sea el definitivo. Hoy está previsto que llegue a las manos del abogado especialista en temas laborales de AEDAVE y FEAAV y que, si lo ve correcto, se lo pase a las asociaciones para que den el visto bueno.
 
De ser así, y no tener que retocar el texto por culpa de nuevos flecos, la firma definitiva del convenio se podría producir la próxima semana. A continuación se enviaría al Ministerio de Trabajo. A partir de ahí, se abre un plazo de algo más de un mes para su publicación en el BOE, por lo que lo previsible es que fuera publicado, y entrara oficialmente en vigor en septiembre, siendo su aplicación con efecto retroactivo al 1 de enero de 2008.
 
Nuevos niveles profesionales
 
Y en cuanto a las novedades que aporta el nuevo Convenio laboral de agencias de viajes, cabe destacar la restructuración que se ha acometido de los niveles profesionales, con la desaparición del controvertido nivel seis, en un proceso paulatino. El 1 de enero de 2010 entrarán en vigor las nuevas categorías. Hasta entonces el nivel 6 se suprimirá gradualmente: Este 2009 desaparece el subnivel 1 y en 2010 se suprime el subnivel 2.
 
Esta nueva clasificación profesional estará articulada en tres grupos: En el primero, agentes de viajes y administración; en el segundo, servicios generales, tales como ordenanzas, recepcionistas, conductores o motoristas; y en el tercer grupo, los técnicos gestores. El primer grupo, que es el que atañe a los agentes de viajes, está clasificado, a su vez, en 10 niveles. Del 1 al 7 son niveles de ejecución (agentes de mostrador), y del 8 al 10 de supervisión (jefes).
 
En los niveles de ejecución, el nivel 1 tendrá una duración de un año y, si el trabajador cumple los requisitos, será promocionado al nivel 2. A partir de ahí, las subidas serán cada tres años. Los criterios de ascenso se basarán en tres aspectos: Uno formativo, en base a la realización de cursos; otro de valoración y evaluación del trabajo; y otro que tendría en cuenta la experiencia.
 
Subida del IPC real
 
En cuanto a la parte retributiva, se contempla una subida del IPC real más un 0,6% para 2008 (a cobrar con efecto retroactivo cuando se publique el convenio en el BOE). En total, la subida para 2008 es del 2%, ya que el IPC fue del 1,4%. Para 2009 será del IPC real sin aumento añadido, y del IPC real más el 0,25% para 2010 y 2011.
 
Respecto a las mejoras sociales, el nuevo Convenio incluye dos días para asuntos propios, que se podrán sumar a las vacaciones si así lo acuerdan trabajador y empresa, así como en concepto de ?guarda legal" de reducción de jornada para cuidado de hijos pequeños se amplía pasando de ocho a diez años la edad de los niños, entre otros aspectos.
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

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