Aprueban el reglamento que permitirá eliminar líneas ferroviarias sin suficiente demanda y no rentables

Publicada 05/07/10
Aprueban el reglamento que permitirá eliminar líneas ferroviarias sin suficiente demanda y no rentables
El Gobierno ha creado el marco legal para permitirse cerrar líneas de tren o servicios ferroviarios que no se consideren de interés general por razones económicas, sociales o medioambientales. Con el acuerdo de bases aprobado, se inicia un proceso de reorganización y racionalización gradual de la oferta de transporte ferroviario de pasajeros en el marco de la normativa comunitaria.
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Fomento, ha aprobado el acuerdo que fija las bases para la declaración de ?servicio público? de líneas de transporte ferroviario de viajeros que se consideren de interés general por razones sociales, económicas y medioambientales, así como las compensaciones correspondientes por el coste de dichos servicios, y las obligaciones del operador, entre ellas los indicadores de calidad que deben cumplirse en su prestación.
 
El Acuerdo deriva del derecho comunitario, en concreto, de la aplicación del Reglamento UE nº 1370/2007 de 23 de octubre, que limita las subvenciones estatales al ferrocarril a las estrictamente necesarias para la compensación de aquellos servicios deficitarios cuya continuidad esté justificada por razones de eficiencia energética, social, económica o medioambiental.
 
Este Reglamento establece que el resto de los servicios ferroviarios deben regirse por criterios de competencia comercial y no deben percibir ayudas del Estado. El texto, que define qué tipo de servicios deben considerarse de interés público en España, señala que antes del 30 de noviembre el Ministerio de Fomento presentará al Consejo de Ministros la relación de los servicios ferroviarios de transporte de viajeros, tramos y frecuencias, que serán garantizados mediante Obligaciones de Servicio Público y los no rentables y no sean susceptibles de ser considerados dentro de los parámetros anteriores, serán suprimidos.
 
Para elaborar esta relación se tendrán en cuenta los estudios y análisis necesarios que permitan identificar los servicios ferroviarios, tramos, y frecuencias que deben ser garantizados, así como los niveles de calidad exigibles en su prestación y las compensaciones para el operador.
 
Marco comunitario
 
El citado Reglamento Comunitario fija las reglas para intervenir en el transporte público de viajeros y garantizar los servicios de interés público que en condiciones de mercado no podrían prestarse con los precios, frecuencia y calidad que se requieren para asegurar la movilidad ciudadana. La norma comunitaria regula las condiciones en que es posible imponer obligaciones de servicio público y tomando como referencia el coste de los servicios para compensar a los operadores, pero deja en manos de los Estados Miembros la decisión sobre qué servicios de interés público deben garantizarse.
 
Una vez declarados de interés público, Renfe Operadora ?que se encargará de prestarlos en un periodo inicial de tres años- suscribirá un contrato de servicio público en el que se fijarán los niveles de calidad que debe garantizar y las compensaciones a las que tendrá derecho como consecuencia de la ejecución de las obligaciones de servicio público. Transcurridos los tres años, Fomento presentará un informe y propondrá, según lo considere, la prórroga adicional o la licitación en régimen de concurrencia, transparencia y no discriminación.
 
Cercanías y media distancia de uso habitual
 
Las bases aprobadas señalan que prioritariamente serán considerados de interés general los servicios de transporte ferroviario de viajeros que son utilizados de manera habitual e intensiva por parte de los ciudadanos, siempre que concurran razones de eficiencia energética, social y económica. Se ponderará tanto el nivel de eficacia del servicio como las posibilidades de utilización de otros medios de transporte combinado por parte de los viajeros.
 
Se priorizarán como mediante Obligaciones de Servicio Público y compensación económica los servicios de Cercanías no transferidos a las Comunidades Autónomas, los de Media Distancia de uso habitual y frecuente, al menos cinco días a la semana y aquellos servicios ferroviarios que discurran dentro de una Comunidad Autónoma y que ésta estime de interés público. En estos casos será la administración autonómica la que aporte las compensaciones al operador.
 
Renfe podrá seguir prestando los servicios no declarados de interés público en condiciones de mercado, es decir, bajo régimen de tarifas comerciales. Si tales servicios no resultaran viables por insuficiencia de demanda, Fomento deberá presentar un plan de reorganización que garantice la conexión territorial mediante un sistema de transporte combinado o con transportes alternativos.

Diana Ramón Vilarasau (transportes@hosteltur.com)
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