En Cataluña, aunque podría extenderse a otras Comunidades

Las aerolíneas y Renfe deberán pagar avales como las agencias

Publicada 05/10/10
Las aerolíneas y Renfe deberán pagar avales como las agencias
La Agencia Catalana de Consumo ha confirmado que cualquier empresa que cobre por anticipado cantidades superiores al 25% del precio total y superiores a 100 euros, tendrá que contratar una garantía o seguro. Esto supone, en lo que se refiere al sector turístico, que se igualan a los proveedores con las agencias de viajes en este requisito.
En este sentido, ACAV se felicita por este aspecto del nuevo Código de Consumo catalán, ya que ?implica que empresas como las compañías aéreas o Renfe, tenga que depositar avales para vender en Cataluña?, indica a HOSTELTUR la gerente de la asociación catalana, Marián Muro.
 
Según Muro, esta nueva normativa favorece a los consumidores y a las agencias de viajes. A los consumidores porque ?salvaguarda sus intereses?, y a las agencias porque iguala sus obligaciones con las de otros posibles vendedores de servicios turísticos, no sólo proveedores, sino cualquier otra empresa a la que se haya abierto la venta de productos turísticos con la llegada de la Bolkestein. Además de su posible efecto imitador en otras Comunidades autónomas. 
 
Según ACAV, este nuevo código de consumo cubre la devolución de las cantidades avanzadas por los consumidores en caso que no se cumplan los servicios contratados. ?A día de hoy, las agencias de viajes ya cumplen esta nueva disposición, al tener concertada una póliza de caución o aval que garantiza esta devolución. No obstante, otros proveedores de servicios turísticos, como pueden ser las compañías aéreas o Renfe, que cobran por anticipado la totalidad de los servicios y que en muchas ocasiones superan los 100 euros, tendrán que contratar un seguro que garantice estas devoluciones?.
 
Igualmente el Código de Consumo regula la intermediación. Las agencias de viajes actúan como intermediarios en la comercialización de servicios turísticos. Según el nuevo Código, los proveedores turísticos, como pueden ser las compañías aéreas, son responsables solidarios de las actuaciones realizadas por los agentes de viajes.
 
Folletos en catalán
 
Por otro lado, este mismo código de consumo incluye la normativa lingüística que obliga a las agencias de viajes a disponer tanto en catalán como en castellano de toda la documentación, desde los folletos, a la publicidad, contratos, presupuestos, facturas y toda la información relativa al viaje. Según el Código, estos documentos tienen que estar a disposición inmediata de los consumidores en la lengua oficial que escojan.
 
La regulación en esta materia es nueva en parte y desde hace años las agencias de viajes están acometiendo importantes cambios a fin de adaptarse a la normativa de política lingüística. No obstante esta misma normativa obliga a las agencias de viajes a editar sus folletos en ambas lenguas, un gasto adicional que en estos momentos no es asumible por el sector. ?Es por eso que desde ACAV se reclama una moratoria o dejar si efecto este apartado?, indica la asociación.
 
José Manuel de la Rosa (josemanuel.delarosa@hosteltur.com
http://twitter.com/JMaDelarosa
http://twitter.com/hosteltur 
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

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