La Audiencia Nacional se declaró ayer no competente

La Fiscalía de Madrid denuncia a los controladores por sedición

Publicada 30/12/10
La Fiscalía de Madrid denuncia a los controladores por sedición
La Fiscalía de Madrid ha presentado en los juzgados de la plaza de Castilla  de Madrid una denuncia por sedición contra los controladores de Barajas y de Torrejón de Ardoz que los pasados 3 y 4 de diciembre no acudieron o se ausentaron de sus puestos de trabajo. La Audiencia Nacional se había declarado ayer mismo incompetente para investigar el caso.

La acción de la Fiscalía no se dirige expresamente contra un número concreto de controladores, ni a los 26 que fueron citados a declarar por el ministerio público ni contra los 175 que podían ser investigados, sino a los controladores "en general".

La denuncia ha sido presentada en el Decanato de los Juzgados de Madrid, que la enviará a reparto, y en los próximos días se conocerá qué órgano judicial es el encargado de tramitar el procedimiento contra los controladores.

El fiscal jefe de la Audiencia Provincial de Madrid, Eduardo Esteban Rincón, ha señalado que, nada más recaiga la denuncia en un juzgado concreto, pedirán que su titular tome declaración como imputados a los controladores que se negaron a declarar ante el fiscal.

Hasta ahora, los controladores no han querido prestar declaración hasta que el Tribunal Supremo resuelva los recursos interpuestos contra el estado de alarma y la militarización del espacio aéreo. Los controladores no reconocían la competencia del fiscal para interrogarles, puesto que entienden que se les debe tomar declaración bajo la jurisdicción militar desde el momento que pasaron a ser movilizados por la declaración del estado de alarma.

Las investigaciones están encaminadas a conocer cómo se coordinaron los controladores las horas antes de que anunciaran las bajas médicas masivas para alegar incapacidad de trabajar.

El delito de sedición está castigado con penas de entre ocho y diez años de prisión, según el artículo 545 del Código Penal, para los que hubieren "inducido, sostenido o dirigido la sedición o aparecieren en ella como sus principales autores", y la inhabilitación absoluta por el mismo tiempo.

En el caso de que los imputados no sean los instigadores, "se impondrá la pena de cuatro a ocho años de prisión, y la de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de cuatro a ocho años", según precisa el segundo punto del artículo 545 del Código Penal.

Hasta el momento, la única acción judicial contra los controladores por el delito de sedición es la querella interpuesta contra ellos por el sindicato Manos Limpias -sin representación en ningún centro de trabajo y dirigido por el ex responsable de Fuerza Nueva Miguel Bernad-, que ha recaído en el Juzgado de Instrucción número 28 de Madrid.

Si se considera que los hechos y los denunciados son los mismos, la denuncia de la Fiscalía podría corresponder a este mismo Juzgado.

La Audiencia Nacional se declaró incompetente

El juez de la Audiencia Nacional Ismael Moreno se declaró ayer no competente para investigar las denuncias interpuestas por la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) y FACUA contra los controladores aéreos por abandonar sus puestos de trabajo los días 3 y 4 y las remitió a la Fiscalía de Madrid.

sí lo ha acordado el magistrado en un auto en el que rechaza la admisión a trámite de las denuncias presentadas por las dos organizaciones de consumidores y remite las diligencias a la Fiscalía Provincial de Madrid "dirigidas a conocer las circunstancias en las que se produjo el abandono masivo del puesto de trabajo por parte de los controladores aéreos, así como la identidad de quienes procedieron en tal sentido".

Moreno, que ha adoptado esta decisión a instancias de la Fiscalía de la Audiencia Nacional, considera que los delitos de sedición, abandono de destino, falsedad documental -si se demuestra que los controladores aportaron informes médicos sin estar realmente justificados- y coacciones no son competencia de la Audiencia Nacional.

"En modo alguno los referidos hechos pueden ser objeto de tipificación, siquiera indiciariamente, en alguno de los supuestos delictivos comprendidos en el artículo 65.1 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), determinante de la competencia de la sala de lo penal de la Audiencia Nacional y, consiguientemente, de los Juzgados de Instrucción", sostiene el juez.

Asimismo, y tal y como esgrimió "acertadamente" el Ministerio Fiscal, considera adecuado enviar las denuncias a la Fiscalía de Madrid, ya que es el órgano que se halla tramitando diligencias de investigación sobre la actuación de los controladores.

Las denuncias están dirigidas contra la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) y contra "los que se demuestren colaboradores u organizadores" del abandono de los puestos de trabajo de los controladores, así como contra las demás personas que aparezcan relacionadas como "autores o cómplices".

Para las asociaciones, el abandono masivo de los controladores de su puesto de trabajo obedece a una huelga encubierta, "claramente dirigida", que provocó la cancelación de 2.710 vuelos y que 600.000 pasajeros se vieran afectados.
Avatar redactor Redacción Hosteltur España

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta noticia no tiene comentarios.