sistema Entradas y Salidas·Etias·Air Europa·Meliá·Airbnb·Tren nocturno Europa·Agosto vacaciones·Escáner aeropuerto·Pasaportes·Azora·Aeropuertos más transitados·Perseidas·País Vasco ·Multa hotel·Mejores aerolíneas·Fondo Cerberus·FERGUS GROUP·Tsunami·VIVIENDAS TURÍSTICAS·México·Turismofobia·Verano 2025·eclipse 2026·Tasa turística·Viajes españa·Hoteles mejor valorados·Mejores playas·IMSERSO VIAJES·Playa caribe·Registro único alquiler·Patrimonio humanidad·Imserso mascota·imserso·Pisos turísticos·Como pedir plaza imserso·Impuestos turísticos·Preferente viajes imserso·Boeing·Booking.com·IMSERSO VIAJES·Ranking hosteltur·DESTINOS ESPAÑA VIAJAR·ALQUILER TURÍSTICO·Precio imserso viajes·TRANSACCIONES HOTELERAS·MEJORES DESTINOS DEL MUNDO PARA VIAJAR·TURISMO SOSTENIBLE·DESTINOS EUROPA VIAJAR·TURISMO INTERNACIONAL·AGENCIAS DE VIAJES·TURISMO SOCIAL·HOSTELTUR TV·MELIÁ·BARCELONA·MARKETING TURÍSTICO·BARCELÓ·CANARIAS·APERTURA HOTEL·HOTELES MÉXICO·MUNDIPLAN·CIUDADES MÁS POBLADAS·PISOS TURÍSTICOS·HUELGA RENFE·VIAJAR BARATO·Playa surf·FESTIVOS 2025 ESPAÑA·IMSERSO·Cambio de hora·
Hemeroteca Tarifas
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo.
  • Acceso / Registro
Academy
  • Última hora noticias
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Destinos
Premium

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

Por Monlex Abogados, en Transportes

Derechos de los pasajeros en caso de fenómeno meteorológico adverso

1 febrero, 2021 (09:44:17)
Imagen opinión Hosteltur

Recientemente, la borrasca Filomena afectó a varias comunidades españolas, provocando cientos de cancelaciones de vuelos y dejando miles de pasajeros afectados. ¿A qué está obligada la aerolínea en caso de cancelación o retraso de un vuelo por fenómeno meteorológico adverso?

El artículo 5.3 del Reglamento (CE) nº 261/2004 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de febrero de 2004, por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos dispone que “un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo no está obligado a pagar una compensación conforme al artículo 7 si puede probar que la cancelación se debe a la concurrencia de circunstancias extraordinarias que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas razonables”.

El Considerando 14 del mismo Reglamento interpreta en qué casos pueden producirse dichas circunstancias extraordinarias y menciona, entre otras, las condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo.

La jurisprudencia de la Unión Europea ha analizado la expresión del Reglamento 261/2004 "circunstancias extraordinarias" interpretando que ésta designa un acontecimiento que no es inherente al ejercicio normal de la actividad del transportista aéreo afectado y que escapa al control efectivo de éste a causa de su naturaleza o de su origen ( sentencia del Tribunal de Justicia - Sala Tercera- de 31 de enero de 2013 (TJCE 2013, 29) y -Sala Cuarta- de 19 noviembre 2009 (TJCE 2009, 357) ).

No obstante, ello no significa que siempre que se puedan producir circunstancias climatológicas poco favorables para la navegación aérea se deba apreciar la concurrencia de esa causa exoneradora, sino que para ello será preciso que se acredite que las condiciones climatológicas eran tan adversas para el tráfico aéreo que lo impidieran, esto es, que hubieran incidido de forma directa en un vuelo determinando su retraso o su cancelación.

El concepto de "circunstancias extraordinarias" al que hace referencia el artículo 5.3 del Reglamento Europeo guarda un gran paralelismo con el concepto de fuerza mayor de nuestra legislación interna.

Por lo que respecta a la fuerza mayor, el artículo 1.105 del Código Civil establece que "fuera de los casos expresamente mencionados en la ley, y de los que así declare la obligación, nadie responderá de aquellos sucesos que no hubieran podido preverse, o que, previstos, fueran inevitables”. En interpretación de tal precepto, la jurisprudencia señala (Sentencia del Tribunal Supremo de fecha 18 de diciembre de 2006, RJ 2006/9171) que "la concurrencia de los requisitos para la aplicación del artículo 1.105 Código Civil , es decir, la imprevisibilidad y la inevitabilidad exige una prueba cumplida y satisfactiva”

En el caso que nos ocupa es claro que, la llegada de un fenómeno meteorológico adverso como fue el temporal Filomena, constituye un supuesto de fuerza mayor que impide apreciar la falta de aquella diligencia exigible a las demandas para cumplir el contrato en los términos previstos en el mismo y derivados de la ley.

De este modo, las aerolíneas estarán obligadas a reembolsar el total del importe del billete pero quedarán exoneradas de pagar indemnizaciones a los pasajeros.

Ahora bien, la aerolínea no queda exonerada de la obligación de prestar asistencia ni siquiera en los casos de fuerza mayor que causen el retraso o la cancelación de vuelo. A tal efecto, conforme al artículo 9 del Reglamento Europeo, al transportista se le impone el deber de proveer a los pasajeros de una manutención suficiente en función del tiempo de espera, así como el alojamiento en un hotel en determinadas circunstancias, y el transporte entre el aeropuerto y el lugar de alojamiento. Además, el transportista debe ofrecer a los pasajeros la posibilidad de comunicarse mediante dos llamadas telefónicas, télex o mensajes de fax, o correos electrónicos.

Marta Guerrero

Especialista en Derecho Aeronáutico

mguerrero@monlexabogados.es

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados MONLEX
Más sobre Transportes
  • Monlex

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta opinión no tiene comentarios.


Últimas notas de prensa

  • OK Mobility acelera su expansión por Emiratos Árabes
  • El Teleférico de Montjuïc recibe el distintivo ‘Queer Destinations Committed’
  • CroisiEurope presenta su crucero temático de vino por los ríos Ródano y Saona
  • La industria de reuniones genera 200 millones de euros para Tenerife en 2024

Las noticias más leídas

  • El tren nocturno que recorrerá Europa y será más barato que un vuelo
  • Turismo en crisis de imagen: ¿qué está fallando en el País Vasco?
  • Las 100 mejores compañías aéreas del mundo: cuatro españolas

Noticias destacadas

  • ¿Cuáles son los pasaportes más importantes del mundo?
  • Turismo en crisis de imagen: ¿qué está fallando en el País Vasco?
  • Más de 1,1M de plazas de alquiler turístico en riesgo de retirada en agosto
  • Meliá compra el 50% del Paradisus Salinas Lanzarote de Victoria Hotels
  • Viajes del Imserso: problemas de siempre y novedades que no convencen

Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur
Tarifas y productos para potenciar estrategias digitales

Hosteltur llega a más de 400.000 usuarios profesionales del sector turístico, a través de diferentes plataformas, brindando la mejor información y soluciones de marketing.

Ver tarifas y dosier

Hosteltur llega a más de 400.000 usuarios profesionales del sector turístico, a través de diferentes plataformas, brindando la mejor información y soluciones de marketing.

Conoce a nuestro equipo
Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

Diario 7523 02.08.2025 | 12:28

  • Quiénes somos
  • Academy
  • Wikitur
  • Webinars
  • Revistas
  • Comunidad
  • Noticias más leídas
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
  • Tarifas
  • Contacto
  • Linkedin
  • Twitter
  • Facebook
  • Instagram
  • Youtube
  • Tiktok
  • Bluesky
  • Telegram
  • Whatsapp
  • Rss
  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies

Proyecto acogido al programa de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU #PlanDeRecuperación

Comentar Accede o Regístrate
¿Ya eres usuario? Inicia sesión

Puedes acceder a este sitio web, mediante las siguientes opciones:

Acceso Gratuito con Cookies:

Si prefieres acceder de manera gratuita, puedes hacerlo aceptando la instalación de cookies. Al pulsar "Aceptar y Continuar", consientes la instalación de cookies, incluyendo aquellas de nuestros socios, para análisis de comportamiento, personalización de contenido y publicidad. Esta opción permite financiar nuestra plataforma y mantener la gratuidad del acceso.

Navegación Personalizada (Socios Premium):

Opta por una experiencia libre de cookies mediante nuestra opción “Hacerse socio Premium”. Siendo socio, tendrás acceso completo al contenido sin comprometer tu privacidad. Solo se instalarán las cookies estrictamente necesarias para la funcionalidad del sitio, por otra parte, nuestros suscriptores tendrán la opción de gestionar el consentimiento sobre la instalación del resto de cookies iniciando sesión en su cuenta.

Si ya eres socio Premium, puedes acceder al sitio y al contenido exclusivo iniciando sesión en tu cuenta. En este escenario, puedes configurar tus preferencias de cookies a través de configuración de cookies después de iniciar sesión.

Rechazar y suscribirse

Usted permite:

Medir el rendimiento del contenido (Google Analytics, Google Tag Manager, Linkedin Insight Tag y Meta Insights API)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)

Puedes obtener más información en nuestra política de cookies o retirar tu consentimiento, en cualquier momento haciendo clic en configuración de cookies.