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17 febrero, 2024 (01:54:05) Por Monlex Abogados, en Economía

2024 nuevas normas sociales en camino

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  • Monlex Jose Antonio Fernandez de Alarcón Roca
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Como ya les dije en mi primer Post de principios de año, el 2024 estará cargado de nueva normativa social. El gobierno intentará compensar otras dificultades por todos conocidas, con un cúmulo de normas sociales, que sin duda se encargará de vender. Ojalá me equivoque y esa normativa surja del consenso del diálogo social, pues en tal caso bienvenida sea. Si no es así, probablemente entremos todas las empresas en un proceso de estrategia y cálculo político por parte de quienes nos gobiernan, sin importar el resultado y los efectos que tales decisiones tienen sobre el día día de las empresas.

Viene ya la reforma del artículo 49.1 del estatuto de los trabajadores. El nuevo anteproyecto de ley, propone que “ la empresa, no podrá extinguir el contrato de trabajo por causa de gran invalidez, incapacidad permanente, absoluta o total del trabajador, cuando exista un puesto de trabajo, adoptado o susceptible de ser adoptado, y adecuado a la capacidad laboral, resultante de la accidente o de la enfermedad. Salvo que esas medidas supongan una carga excesiva para el empresario. “

Y ¿qué es una carga excesiva para el empresario? ¿ Aplícale a todos los empresarios? ¿ Empresas de más de 50 trabajadores o de menos? En fin, ¿ustedes creen que da lo mismo?

Pues el propio borrador del proyecto de la futura ley, determina lo siguiente para definir una carga excesiva: “ para determinar si una carga es excesiva se tendrá en cuenta si es paliada en grado suficiente mediante las medidas, ayudas o subvenciones públicas para personas con discapacidad, así como los costes financieros y de otro tipo que las medidas impliquen , y el tamaño y el volumen de negocios del total de la organización o empresa”

Cierto es que la sentencia del tribunal de la Unión Europea del pasado 18 de enero amonestaba a España porque no ofrecía ninguna alternativa al despido de los desempleados que sufrían una discapacidad en su relación laboral con la empresa. En realidad, el tribunal europeo citaba la directiva 2000/78, sobre la regulación de un Marco general para la igualdad de trato en el empleo y en la ocupación.

La cuestión, no obstante, es la imprecisión de los términos normativos.

Lo que va a llevar aparejado un importante aumento de la litigiosidad , que unido al cúmulo de normas que se nos avecinan, lo cierto es que no hay nadie ahí fuera que entienda la dificultad del día a día de la empresa. Es fundamental determinar las normas con más precisión y evitar aquellas que crean más ansiedad, porque también los empresarios tienen ansiedad que aumenta con su responsabilidad.

El otro día, una empresa auditora de compliance legal y de sostenibilidad ESG , no se le ocurre otra cosa que pedirme el listado de todas la normativa que debe cumplir una empresa… así tal cual. La empresa está en más de 20 países del mundo con inversiones hoteleras. Le enseñé un informe publicado en el año 2022 en España, donde se determinaba que una empresa española cada año tenía que considerar que se publicaban 10.000 nuevas normas que podrían afectarla. Como se lo cuento. En un solo año.

Le sugerí a la auditora que mejor le daba las claves de acceso a las bases de datos legales de todos los países del mundo y que diera por cumplimentado el trámite..

Es evidente que esta es una asignatura pendiente. Que las reglas de juego se definan con claridad y que sean iguales para todos en iguales circunstancias. Si no la realidad es que seguirán saliendo normas que serán desconocidas y se irá perdiendo el respeto a ley.

Agárrense y estén atentos.

José Antonio Fernández de Alarcón Roca

Abogado, Socio Fundador de MONLEX

mon-lex@mon-lex.com

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