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Por Monlex Abogados, en Hoteles y Alojamientos Turoperadores británicos y litigios sin testigos

Testificar desde el extranjero en UK: retos para hoteleros

México, República Dominicana y Jamaica: países sin autorización para declaraciones remotas en tribunales británicos 7 marzo, 2025 (10:13:11)

El derecho a testificar es un pilar fundamental en cualquier sistema judicial. Sin embargo, cuando este testimonio debe prestarse de manera remota desde el extranjero en un tribunal del Reino Unido, entramos en un terreno con importantes matices legales. La normativa británica exige que el país donde se encuentra el testigo otorgue su consentimiento expreso para que la declaración se realice por videoconferencia. Y aquí es donde empiezan las complicaciones para quienes residen en México, República Dominicana y Jamaica.

Barreras y restricciones según el país

México: Hasta la fecha, el Gobierno británico no ha conseguido la autorización del Gobierno de México para que sus ciudadanos puedan testificar en tribunales británicos mediante videoconferencia. Aunque en teoría es posible presentar solicitudes individuales, no hay garantía de respuesta. Y lo más importante: el silencio administrativo no implica un permiso automático. Esto significa que, salvo una autorización expresa, un testimonio remoto desde México podría no ser reconocido por la justicia británica.

República Dominicana: La situación es prácticamente idéntica a la de México. El Gobierno dominicano no ha dado su visto bueno para que testigos ubicados en su territorio puedan declarar de manera telemática en tribunales británicos. Al igual que en México, se pueden solicitar permisos de manera individual, pero sin tener certeza sobre su concesión. Así, nuevamente, la falta de respuesta no debe entenderse como un permiso implícito.

Jamaica: Aunque hay una ligera diferencia, con los dos casos anteriores, el escenario sigue siendo incierto. El Reino Unido está en proceso de obtener el consentimiento del Gobierno de Jamaica para permitir testimonios por videoconferencia, ¿será por pertenecer a la Commonwealth of Nations? No obstante, hasta que se logre un acuerdo formal, las solicitudes individuales siguen sujetas a incertidumbre y, en caso de omisión de respuesta, no se puede asumir como silencio positivo.

Imagen opinión Hosteltur

Y esto, ¿por qué impacta en el sector hotelero y touroperadores británicos?

Este tema debe ser especialmente tenido en cuenta por compañías hoteleras que operan en destinos como México, República Dominicana y Jamaica y que tienen contratos con touroperadores británicos. En casos de reclamaciones por responsabilidad civil, como accidentes en hoteles o quejas de clientes británicos, la imposibilidad de testificar por videoconferencia puede afectar la capacidad de defensa de los establecimientos hoteleros ante los tribunales del Reino Unido. En este caso, habrá que valorar el coste económico que ello conlleva, traduciéndose en mayores costes de litigio, necesidad de desplazamientos o, en el peor de los casos, resoluciones adversas por falta de testigos clave.

¿Un cambio en la normativa o una práctica olvidada?

Aunque ahora parece una exigencia nueva y estricta, la verdad, es que la necesidad de autorización previa para testificar por videoconferencia desde el extranjero ya existía, pero no se aplicaba de forma sistemática. Durante años, testigos en México, República Dominicana y Jamaica han participado en juicios británicos sin que se solicitara permiso expreso de sus respectivos gobiernos.

La razón de este cambio fue la sentencia del caso Agbabiaka (2021), que aclaró que un tribunal británico no puede ejercer poderes judiciales en otro país sin su consentimiento explícito. Sin embargo, en la práctica, muchos procedimientos continuaron sin ajustarse a este criterio. Ahora, con la publicación de la guía del Foreign, Commonwealth & Development Office (FCDO), la normativa se ha vuelto más visible y su aplicación más estricta, generando nuevas trabas para quienes necesitan testificar desde el extranjero.

Desde el departamento de Responsabilidad Civil de MONLEX, recomendamos a las compañias Hoteleras que tengan en cuanta la situación en cada pais donde operan sus establecimientos hoteleros.

Así que, señores hoteleros, no lo dejen al azar y activen sus lobbies locales para inclinar las decisiones que perjudican el libre y pleno ejercicio de la defensa de sus derechos. Actívense, no lo dejen pasar.

Joana Tremba

Abogada de MONLEX

jtremba@monlexabogados.es

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