estados unidos·queroseno·Foro Hosteltur·huelga controladores·Oriente Medio·Ranking Hosteltur·Noche del agente de viajes·Ryanair·Turismo senior Castellón·puy du fou·Feria de abril·vuelos cancelados·princess cruises·copa del rey·Camino De Santiago ·viajes imserso·HUELGAS·TURISMO SOSTENIBLE·Picos de europa·Mapa últimas noticias·Mapa viajes·IMSERSO VIAJES·turismofobia·AGENCIAS DE VIAJES·MUNDIPLAN·TURISMO SOCIAL·MARKETING TURÍSTICO·CANARIAS·APERTURA HOTEL·
Hemeroteca Tarifas
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo.
  • Acceso / Registro
Academy
  • Última hora noticias
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Destinos
Premium

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

8 septiembre, 2025 (10:25:00) Por Monlex Abogados, en Economía

La autoridad laboral no puede vetar planes de igualdad por su contenido

El Supremo aclara que su función se limita al registro y control formal, no material

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados MONLEX
Más sobre Economía
  • Monlex
  • Monlex Carolina Ruiz Ramirez
Imagen opinión Hosteltur

El Tribunal Supremo ha dejado claro, en su reciente sentencia de 27 de mayo de 2025 (EDJ 2025/608687), que la autoridad laboral no puede denegar el registro de un plan de igualdad por motivos de legalidad material. Se limita a realizar un control formal. Todo lo que exceda de eso debe discutirse, en su caso, en sede judicial.

Veamos el caso.

La empresa había negociado su plan de igualdad con sindicatos con representatividad en el centro de trabajo y solicitó su inscripción en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo (REGCON). Sin embargo, la Dirección General de Trabajo (DGTr) denegó la inscripción, tras varios requerimientos de subsanación, alegando que la comisión negociadora no estaba correctamente constituida y que faltaba contenido esencial, como la auditoría retributiva.

Tanto la vía administrativa como la judicial confirmaron esa denegación, pero la empresa acudió en casación. Y el Supremo le da la razón.

El Tribunal recuerda que la autoridad laboral no tiene funciones de control de legalidad material de los acuerdos colectivos, ni puede imponer contenidos a los mismos. En este sentido, señala:

“Conforme al Estatuto de los Trabajadores, la autoridad laboral carece de funciones de homologación o control de legalidad material sobre convenios o acuerdos colectivos. Su intervención se limita al registro y publicación, como mero control formal, sin posibilidad de enjuiciar el fondo de los pactos alcanzados entre partes con apariencia de legitimación.”

Esto se aplica también a los planes de igualdad negociados colectivamente. Así lo reafirma el Tribunal:

“Los planes de igualdad que nacen de la negociación colectiva gozan de la misma protección jurídica que los convenios colectivos. Por tanto, el control de la autoridad laboral debe ceñirse a su presentación formal y documentación mínima exigida, sin entrar a valorar el contenido sustantivo del plan.”

Es decir, si hay legitimación aparente de las partes firmantes y se presenta la documentación exigida reglamentariamente, el plan debe inscribirse. Todo lo demás —incluida la validez o no de la comisión negociadora— escapa al ámbito de la Administración y corresponde exclusivamente a los tribunales.

El Tribunal insiste en que el hecho de que el plan carezca de auditoría retributiva no habilita a la autoridad laboral a denegar su inscripción. Esto equivaldría a reintroducir un sistema de homologación administrativa que el legislador ha suprimido. Así lo expresa con claridad:

“Permitir que la Administración deniegue el registro por razones de fondo supondría reinstaurar un sistema de homologación administrativa que ya no tiene cabida en el actual marco normativo.”

Y, por tanto, añade:

“La revisión de la legalidad material, incluida la verificación de la correcta constitución de la comisión negociadora o la suficiencia de contenido del plan, corresponde exclusivamente a los órganos judiciales a través del procedimiento de impugnación previsto en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.”

El Alto Tribunal estima el recurso de casación, anula la resolución administrativa impugnada y ordena la inscripción del plan en el REGCON.

En definitiva, la autoridad laboral no puede “vetar” un plan de igualdad por falta de auditoría retributiva o defectos en la negociación. Si hay controversia sobre su legalidad sustantiva, la vía es la judicial. Esta sentencia delimita con precisión el papel de la Administración: registro, sí; control del contenido, no.

La resolución del Tribunal Supremo no solo aclara competencias, sino que lanza un mensaje claro a las autoridades administrativas: no es su función valorar el fondo de un acuerdo colectivo que ha sido válidamente negociado. Si se cuestiona su contenido, existen cauces judiciales para ello. Forzar a las empresas a una doble fiscalización, primero administrativa y luego judicial, no solo vulnera la seguridad jurídica, sino que genera un escenario innecesario de inseguridad y conflicto.

Carolina Ruiz

Aboagda de MONLEX

cruiz@monlexabogados.es

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión

Esta opinión no tiene comentarios.


Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur
  • ¿Cómo añadir un contenido embebido / iframe en la Comunidad Hosteltur?

Últimas notas de prensa

  • Badajoz, epicentro de la innovación turística con la celebración del "Día Mundial de la creatividad y de la Innovación
  • La Asociación Española de Profesionales del Turismo se integra en ATA
  • SiteMinder lleva la distribución hotelera a la era de la inteligencia artificial
  • Vibra Hotels avanza hacia un modelo de turismo más responsable

Las noticias más leídas

  • La isla habitada más pequeña de España quiere la independencia: tiene 30 hectáreas y 60 habitantes
  • Puy du Fou se consolida como un potente dinamizador del turismo en cinco años
  • Los controladores aéreos convocan huelga en varios aeropuertos a partir del 17 de abril

Noticias destacadas

  • MSC: todos los detalles del Explora III, su nuevo crucero de lujo que saldrá de Barcelona este verano
  • ¿Cuántos kilómetros tiene el Camino de Santiago? Distancias reales según cada ruta
  • Por qué crece la turismofobia en España: causas y soluciones
  • Los controladores aéreos convocan huelga en varios aeropuertos a partir del 17 de abril
  • EEUU y España se mantienen a la cabeza del ranking mundial de ingresos turísticos
Tarifas y productos para potenciar estrategias digitales

Hosteltur llega a más de 400.000 profesionales del sector turístico a través de múltiples plataformas, combinando información especializada y soluciones de marketing innovadoras

Ver tarifas y dosier

Hosteltur lleva más de 30 años ofreciendo periodismo especializado, veraz y contrastado, elaborado por periodistas expertos en turismo

Conoce a nuestro equipo
Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

Diario 7745 18.04.2026 | 21:11

  • Quiénes somos
  • Academy
  • Webinars
  • Revistas
  • Comunidad
  • Noticias más leídas
  • Hosteltur Responde
  • Madrid Responde
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
  • Viajes
  • Tarifas
  • Contacto
  • Linkedin
  • Twitter
  • Facebook
  • Instagram
  • Youtube
  • Tiktok
  • Bluesky
  • Telegram
  • Whatsapp
  • Rss
  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies

Proyecto acogido al programa de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU #PlanDeRecuperación

Comentar Accede o Regístrate
¿Ya eres usuario? Inicia sesión

Puedes acceder a este sitio web, mediante las siguientes opciones:

Acceso Gratuito con Cookies:

Si prefieres acceder de manera gratuita, puedes hacerlo aceptando la instalación de cookies. Al pulsar "Aceptar y Continuar", consientes la instalación de cookies, incluyendo aquellas de nuestros socios, para análisis de comportamiento, personalización de contenido y publicidad. Esta opción permite financiar nuestra plataforma y mantener la gratuidad del acceso.

Navegación Personalizada (Socios Premium):

Opta por una experiencia libre de cookies mediante nuestra opción “Hacerse socio Premium”. Siendo socio, tendrás acceso completo al contenido sin comprometer tu privacidad. Solo se instalarán las cookies estrictamente necesarias para la funcionalidad del sitio, por otra parte, nuestros suscriptores tendrán la opción de gestionar el consentimiento sobre la instalación del resto de cookies iniciando sesión en su cuenta.

Si ya eres socio Premium, puedes acceder al sitio y al contenido exclusivo iniciando sesión en tu cuenta. En este escenario, puedes configurar tus preferencias de cookies a través de configuración de cookies después de iniciar sesión.

Rechazar y suscribirse

Usted permite:

Medir el rendimiento del contenido (Google Analytics, Google Tag Manager, Linkedin Insight Tag y Meta Insights API)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)

Puedes obtener más información en nuestra política de cookies o retirar tu consentimiento, en cualquier momento haciendo clic en configuración de cookies.