Las empresas tendrán mejores deducciones fiscales por actividades de I+D+i
13 enero, 2007Para ello, se modifica el anterior RD 1432/2003, en tanto que se habilita al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI), al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) y a la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) para realizar informes motivados relativos al cumplimiento de requisitos científicos y tecnológicos. La certificación de estos requisitos es necesaria a efectos de la aplicación de deducciones fiscales por actividades de investigación y desarrollo e innovación tecnológica. Esta función venía siendo realizada hasta ahora, a través de los citados informes, únicamente por la Dirección General de Desarrollo Industrial. Sin embargo, el nuevo Real Decreto incluye, además de al citado Departamento del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, al Centro para el Desarrollo Tecnológico Industrial (CDTI) y al Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), entre los órganos que van a emitir los informes motivados, en función de que los proyectos que se presenten afecten a las competencias de tales órganos. Además, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) colaborará en la realización de una parte de los informes técnicos que se realicen por las entidades acreditadas por la Entidad Nacional de Acreditación (ENAC), siempre que se trate de proyectos de investigación y desarrollo e innovación tecnológica que hayan dado lugar a una patente o modelo de utilidad o sobre los que se haya obtenido un Informe Tecnológico de Patentes de dicha Oficina. Estos informes motivados son vinculantes para la Administración tributaria, y se emiten a instancias de las empresas, de manera que los gastos que ellas realicen en proyectos o actividades que sean considerados en tales informes como de investigación, desarrollo e innovación, dan derecho automático a la aplicación de las deducciones fiscales previstas en la Ley del Impuesto sobre Sociedades. HOSTELTUR (politica@hosteltur.com)