Por hosteltur-np-100, en Innovación

La Comunidad de Madrid modifica el Decreto sobre Hostelería

21 abril, 2006

Según informa la comunidad, la modificación del decreto, "que se hace teniendo en cuenta la demanda unánime del sector afectado", servirá, entre otras cosas, para "garantizar la igualdad en el tratamiento a todos los establecimientos comerciales abiertos al público y dedicados a prestar alojamiento turístico en la región, como es el caso de hoteles, pensiones, hostales y casas de huéspedes". Tras la publicación del decreto de 2003, y "después de diversas reuniones con los representantes de alojamientos hoteleros, pilar fundamental en la economía regional", la Comunidad de Madrid se ha hecho eco también del esfuerzo económico que supone la ejecución de las obras necesarias para adaptar sus instalaciones a la normativa, que el sector está dispuesto a acometer, "es por ello que ha decidido paliar las dificultades detectadas, ampliando el plazo para la ejecución de las mismas por lo que, en lugar de disponer de cinco años como se establecía en el Decreto, pasarán a contar con un plazo máximo de 10 años". El Ejecutivo comunitario aclara que la modificación realizada "no supone un menoscabo de la calidad, sino fundamentalmente la igualdad en el tratamiento a los distintos tipos de alojamiento, respetando siempre las categorías elegidas por cada uno de ellos para ejercer la actividad". Así, en el régimen establecido respecto a precios y cómputo de jornada, se mantiene para todos los establecimientos de alojamiento que, "salvo autorización expresa del órgano competente en materia de turismo o pacto en contrario", el precio de la unidad de alojamiento se contará por días o jornadas que terminarán a las doce horas del mediodía. El vicepresidente primero y portavoz del Ejecutivo autonómico, Ignacio González, explicó que el Decreto de 2003 "se aprobó con el fin de elevar los niveles de calidad de los servicios prestados por todos los establecimientos hoteleros, no sólo en las categorías superiores sino con un especial énfasis en las categorías medias, tales como hoteles de una y dos estrellas, pensiones, hostales y casas de huéspedes". Y ha precisado que para lograrlo, "se establecieron unos requisitos mínimos" en distintas materias y según categorías, tales como superficie y altura de las habitaciones, instalaciones disponibles, equipamiento, facilidad para personas con discapacidad, entre otros. A las categorías superiores también se las obligó a su adecuación a las nuevas tecnologías. J.A.Tamargo (politica@hosteltur.com)