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La normativa del turismo rural gallego se adapta al sector con la creación de las "aldeas rurales"

12 agosto, 2004

La normativa gallega en materia de turismo rural se ha adaptado al crecimiento experimentado por el sector, y el decreto que la actualiza ha aprobado la creación de un nuevo grupo de establecimientos, el "D", para calificar las denominadas "aldeas rurales". Hasta ahora, los alojamientos de turismo rural se dividían en esta Comunidad en "A", para pazos, castillos, monasterios, casas grandes y edificaciones singulares; "B" para casas de aldea y "C" para casas de labranza. La nueva clasificación, la "D", se refiere a las aldeas rurales, entendidas como grupos de al menos tres casas situadas en el mismo núcleo, explotadas de forma integrada en un mismo rural, según informó ayer miércoles la Consejería de Cultura. El decreto que reforma la normativa fue aprobado en el último Consejo de la Xunta antes del verano, y según la Consejería, responde al "dinamismo" experimentado en los últimos años por el sector en Galicia, que cuenta con 458 establecimientos, con un total de 5.100 plazas. El aumento de alojamientos también ha crecido en los últimos años de forma "espectacular" según el Gobierno gallego, al pasar de medio centenar en 1994 hasta los 458 actuales. El decreto también cambia la regulación para los establecimientos de grupo "C", que a partir de ahora deberán contar con una extensión mínima de 5.000 metros cuadrados de terreno afectado por la explotación agraria y el 40 por ciento de éstos debe situarse en el contorno inmediato de la vivienda. 

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