Desestima el recurso del portal y da la razón a la Generalitat catalana

El Supremo obliga a HomeAway a quitar de su web los pisos ilegales

Publicada 15/06/17 -Actualizada 22/08/18 12:18h
El Supremo obliga a HomeAway a quitar de su web los pisos ilegales
  • El Tribunal Supremo ha avalado la orden de la Generalitat de Cataluña que obligaba a Homeaway a bloquear de su página todos los pisos turísticos que no dispongan de la debida licencia
  • Desestima el recurso presentado por HomeAway, que pedía la suspensión cautelar de esa orden, y respalda la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña
  • Ésta es la primera sentencia del Tribunal Supremo que apoya uno de los principales medidas que solicitan los hoteleros: la inscripción obligatoria de los pisos turísticos

El Tribunal Supremo ha dado la razón a la Generalitat de Cataluña en el tira y afloja que mantiene con HomeAway a la que obligó a eliminar o bloquear de su web todos los anuncios de alojamientos turísticos en los que no conste el número de inscripción en el registro de turismo de la comunidad.

En una sentencia del 12 de mayo, el TS desestima el recurso presentado por HomeAway para exigir la suspensión cautelar -mientras se resuelve sobre el fondo del asunto- de la orden que la Dirección General de Turismo dictó en enero de 2015, en la que daba un plazo de quince días al portal para bloquear los contenidos impugnados.

El Supremo avala así la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, que en febrero del año pasado determinó que la normativa era correcta. Entiende que el alto tribunal catalán no vulneró la doctrina jurisprudencial en materia de medidas cautelares.

De hecho, en opinión del Supremo, en este caso no se ha acreditado "ni siquiera indiciariamente" que la ejecución de la orden recurrida "haya de comportar daños o perjuicios de imposible o difícil reparación" a la web vacacional.

El Supremo avala la prohibición a HomeAway de anunciar pisos sin licencia en CataluñaEl Supremo avala la prohibición a HomeAway de anunciar pisos sin licencia en Cataluña

En su recurso HomeAway aseguraba que los anuncios de alojamientos turísticos de Cataluña representaban un 12% del tráfico del portal y revelaba que, a lo largo del año 2014, había percibido 4,7 millones de euros por esos anuncios.

Ésta es la primera sentencia del Tribunal Supremo que apoya uno de los principales medidas que solicitan los hoteleros: la inscripción obligatoria de los pisos que se anuncian en portales como HomeAway y Airbnb en los registros correspondientes de cada comunidad autónoma (HOTREC propone cinco claves para una economía colaborativa justa).

“Esta sentencia es muy importante, es un primer paso para acabar con la economía sumergida”, afirma Ramón Estalella, secretario general de CEHAT. Y añade que hasta ahora “había cierto desánimo entre las comunidades porque las plataformas no cumplían la normativa de comercializar solo pisos registrados, pero ahora ya hay una resolución judicial”.

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