La patronal sectorial Habtur denunció la prohibición en 2018

El Supremo avala el no de Palma al alquiler turístico en plurifamiliares

El Ayuntamiento considera que la sentencia crea un precedente a nivel nacional

Publicada 08/02/23 -Actualizada 05/03/23 02:01h
El Supremo avala el no de Palma al alquiler turístico en plurifamiliares
  • El Ayuntamiento aprobó la medida para "proteger al residente" y eliminar el impacto que el alquiler turístico tiene sobre el alquiler
  • El Supremo "hace suyos nuestros argumentos y dice que son evidentes y consistentes los motivos que alegamos"
  • "Fue una iniciativa pionera no sólo en el estado y en Europa, sino también a escala mundial" para garantizar el derecho a la vivienda

El Tribunal Supremo ha avalado la decisión del Ayuntamiento de Palma de no permitir el uso de las viviendas plurifamiliares para las actividades de alquiler turístico, según una resolución de esta institución de justicia hecha pública este miércoles, y que ha difundido el propio consistorio de la capital mallorquina.

El Ayuntamiento ha manifestado que "con esta decisión, se da el visto bueno a una medida que el equipo de gobierno tomó para proteger al residente y eliminar el impacto que el alquiler turístico tenía en el alquiler", ya que la ciudad se encuentra desde hace unos años en "emergencia habitacional" -según la retórica municipal- y ya se están formando concentraciones de caravanas en sustitución de viviendas.

"La sentencia hace suyos nuestros argumentos y dice que son evidentes y consistentes los motivos que alegamos como ayuntamiento, que son la defensa de la ciudadanía y la protección del acceso a la vivienda"

Así lo ha expuesto el alcalde de Palma, José Hila, quien ha precisado que “la sentencia del Supremo crea un precedente a nivel nacional y es un aval judicial claro. Hace suyos nuestros argumentos y dice que son evidentes y consistentes los motivos que alegamos como ayuntamiento”, según ha precisado.

"Esta protección fue una iniciativa pionera no sólo en el estado y en Europa, sino también a escala mundial que por encima de todo quiere garantizar el derecho a la vivienda", ha dicho el teniente de alcalde de Cultura y Bienestar Social, Antoni Noguera, quien era alcalde en el momento en que se aprobó la medida.

Zonificación recurrida

El pleno del Ayuntamiento de Palma de 26 de junio de 2018 aprobó la zonificación en el municipio que regulaba la comercialización de las Estancias Turísticas en Viviendas de uso residencial. En esa disposición se especificaba que no se podían habilitar para esa actividad las viviendas plurifamiliares de la ciudad.

La Asociación de apartamentos y viviendas de alquiler de temporada (Habtur) denunció ante el Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears (TSJIB) la prohibición

Por su parte, el TSJIB dictó sentencia en septiembre de 2021 admitiendo parcialmente el recurso presentado por Habtur, declarando la nulidad de pleno derecho de la zonificación en cuanto a la prohibición de comercializar estancias turísticas en plurifamiliares. Ante esta sentencia, el Ayuntamiento interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo para defender su medida, que ahora se ha resuelto.

Motivaciones del aval del Tribunal Supremo

  • Porque supone una modificación sustancial del concepto de vivienda. El uso turístico no es un uso propio de la vivienda, puesto que es residencial.
  • Por el impacto de las Estancias Turísticas en Viviendas (ETH) en la actividad en la configuración y la convivencia social en los barrios.
  • Por el impacto de las ETH en la disponibilidad de inmuebles para el arrendamiento para la población residente.
  • Por los efectos significativos de los ETH sobre el medio ambiente, los recursos naturales y las infraestructuras.

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