Iberia no recurrirá al Supremo y pagará la sanción de 700.000 euros por Valor"98

Publicada 07/04/05
Iberia no recurrirá al Supremo y pagará la sanción de 700.000 euros por Valor"98
En contra de las iniciales previsiones que ayer adelantaba este diario, Iberia finalmente ha decidido, según han asegurado fuentes de la compañía a HOSTELTUR, "no acudir al recurso extraordinario de casación" ante el Tribunal Supremo y pagar los 700.000 euros con que fue sancionada por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) por su antiguo sistema de retribución a las agencias de viajes, Valor"98.
En contra de las iniciales previsiones que ayer adelantaba este diario, Iberia finalmente ha decidido, según han asegurado fuentes de la compañía a HOSTELTUR, "no acudir al recurso extraordinario de casación" ante el Tribunal Supremo y pagar los 700.000 euros con que fue sancionada por el Tribunal de Defensa de la Competencia (TDC) por su antiguo sistema de retribución a las agencias de viajes, Valor"98. Esta renuncia al último recurso pone punto final al proceso iniciado en octubre de 1998 y deja como definitiva la resolución del TDC (ratificada el pasado 29 de marzo por la Audiencia Nacional) que concluye que Iberia ostenta posición de dominio en el mercado español, y que con Valor"98 llevó a cabo abuso de esa posición de dominio al poner en marcha un sistema que fidelizaba ilegalmente a las agencias de viajes, según denunciaron la Asociación Catalana de Agencias de Viajes Emisoras (UCAVE) y Spanair. POSIBLE PRECEDENTE PARA EL EXPEDIENTE DE LOS "FEES".- Pero más allá de la confirmación de una sentencia que sanciona un sistema de comisiones de hace siete años, que ya fue suprimido, y que no tiene más trascendencia que el pago de la sanción por parte de Iberia, ahora el TDC abre una puerta que podría cerrar otra abierta por el Servicio de Defensa de la Competencia (SDC). Actualmente, el SDC tiene abierto un expediente a Iberia, Spanair, Air Europa y CAAVE por posible acuerdo en el cobro de "fees", tras una denuncia de la UCE. Las tres compañías y la patronal de agencias han rechazado siempre que hubiera acuerdo y, además, Spanair, Air Europa y CAAVE han alegado que al cobrar "fees" como Iberia, lo que han hecho es seguir a la compañía que domina el mercado español. A este respecto, Gerardo Ariño, subdirector general de Air Europa, considera que "probablemente, la sentencia de la Audiencia que ratifica la del TDC reconociendo la posición de dominio de Iberia, es un elemento a considerar de cara al actual expediente del SDC por el cobro de "fees". Viene a reconocer lo que nosotros hemos alegado: Que al poner en marcha nosotros también el cobro de ese cargo, lo que hacemos es seguir a la compañía dominante". El presidente de CAAVE, Jesús Martínez Millán, se manifiesta en parecidos términos al indicar que "esa sentencia supone un antecedente que reafirma la realidad de posición de dominio de Iberia. Es de desear y esperar que el SDC lo tenga en cuenta. Y, en cualquier caso, si finalmente pasa el expediente al TDC, será este tribunal el que tendrá oportunidad de reflexionar sobre el precedente. Nosotros seguiremos aportando pruebas que demuestran que no hay acuerdo". Iberia, por su parte, ha preferido no valorar el posible efecto de la resolución de la Audiencia Nacional sobre el actual expediente del SDC "mientras que el caso siga abierto". Está previsto que a lo largo de este mes de abril el SDC decida si pasa el expediente al TDC para la posible sanción a los denunciados, o si archiva el caso. UCAVE: "ES UNA SATISFACCIÓN QUE EL TDC NOS DE LA RAZÓN.- Por su parte, el presidente de UCAVE, Enrique Fernández de Alarcón, ha señalado que "es una gran satisfacción para nosotros que el TDC nos de la razón. Y lo digo porque en 1998, cuando pusimos la denuncia a Iberia, nos quedamos solos. El resto del sector pensaba que no tenía posibilidad de éxito una denuncia contra una empresa tan grande. Ahora vemos que hicimos lo correcto y que, aunque entonces fuimos criticados, ahora todo el sector se puede beneficiar de aquella iniciativa si Defensa de la Competencia tiene en cuanta la posición de dominio que ha reconocido en Iberia, y aplica esa reflexión al actual expediente por el cobro de "fees". Creo que está claro que, si una compañía tiene posición de dominio, es normal que el resto siga el camino marcado". UCAVE ha enviado una copia de la sentencia a CAAVE para su aportación si fuera necesario al expediente de Defensa de la Competencia. Por otro lado, fuentes de bufete de abogados que ha llevado adelante la denuncia de UCAVE, aseguran a este diario que "aunque se sancione un sistema de comisiones que ya no existe, la sentencia sí podría tener más repercusiones que la pura sanción. Esto podría ocurrir si hay agencias que deciden reclamar el diferencial del 9% de comisión, anterior a Valor"98, hasta el 7,5% posterior. Estarían en su derecho, ya que han sido víctimas de una situación de abuso de posición dominante, y es legítimo que los perjudicados reclamen una reparación de daños". Spanair, por su parte, ha declinado valorar la sentencia. (José Manuel de la Rosa / HOSTELTUR) (agencias@hosteltur.com)
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