EE UU mantiene la obligatoriedad de solicitar una autorización online a los países exentos de visado
Publicada 05/03/10
En la mayoría de los casos se recibirá una respuesta en cuestión de segundos confirmando la autorización para viajar a los Estados Unidos, aunque también se puede demorar la autorización hasta 72 horas.
Una vez obtenida la autorización es conveniente imprimirla y conservarla junto al pasaporte.
Si la solicitud ha sido denegada, el pasajero deberá contactar con la Embajada de los Estados Unidos para gestionar la posible necesidad de un visado.
Esta autorización electrónica es válida por dos años y podrá utilizarse para múltiples entradas a los Estados Unidos. Si se producen cambios en la dirección de destino o en el recorrido a realizar, teniendo ya la autorización ya aprobada, el pasajero puede modifiar esta información. Sólo en el caso de cambiar de pasaporte deberá realizarse una nueva solicitud de autorización.
La nueva normativa no sustituye la actual obligatoriedad de suministrar la Información Anticipada de Pasajeros (APIS), la necesidad de disponer de un pasaporte de lectura mecanizada, ni exime de seguir cumplimentando a bordo el formulario pertinente.
Los países en el programa de Exención de Visado a EE UU son Alemania, Dinamarca, Irlanda, Mónaco, San Marino, Andorra, Eslovenia, Islandia, Noruega, Singapur, Australia, España, Italia, Nueva Zelanda. Suecia, Austria, Finlandia, Japón, Suiza, Bélgica, Francia, Liechtenstein, Portugal, Brunei, Holanda, Luxemburgo y Reino Unido.
Ayer Iberia envió una notificación a sus clientes para recordarles la obligatoriedad de la medida, ya vigente, no obstante.
Diana Ramón Vilarasau (transportes@hosteltur.com)
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