Europa endurece las normas de investigación de accidentes aéreos

Publicada 22/09/10
Europa endurece las normas de investigación de accidentes aéreos
El Parlamento Europeo aprobó ayer un reglamento, acordado con el Consejo, que establece normas más estrictas para las investigaciones de accidentes aéreos que garanticen su independencia, eficiencia y calidad.  Esta normativa entrará en vigor 20 días después de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Contempla que las compañías entreguen la lista de pasajeros a las autoridades a las dos horas del siniestro como máximo.
La nueva legislación, aprobada por 604 votos a favor,11 en contra y 26 abstenciones, establece que las investigaciones de los accidentes aéreos deben ser realizadas por una autoridad independiente "de las autoridades aeronáuticas nacionales responsables en materia de navegabilidad, certificación, operaciones de vuelo, mantenimiento, concesión de licencias, control del tránsito aéreo o de la explotación de los aeropuertos", y en general, de cualquier entidad cuyos intereses puedan entrar en conflicto con la investigación.

Como se recordará, durante la investigación del caso del accidente de Spanair, ocurrido en el verano de 2008, en diversas ocasiones se puso en duda la transparencia, credibilidad e independencia de la investigación.

Reflejo de ello fueron, por ejemplo, las filtraciones de información interesada, el hecho de que el juez que llevaba el caso señalara que no encontraba en España un perito lo suficientemente imparcial para confiar en su criterio sobre algunos aspectos técnicos y, más recientemente, la filtración de parte de las grabaciones registradas en la caja negra del MD82 siniestrado de las conversaciones entre la tripulación técnica que pilotaba la aeronave.
 
Confidencialidad
 
Todas las declaraciones de personas tomadas por la autoridad encargada de la investigación, así como los registros de voz e imagen tomados en la cabina de pilotaje y las unidades de control, sólo serán utilizados para la investigación, a no ser que la justicia los requiera para otros fines.
 
La autoridad encargada de las investigaciones deberá publicar el informe final lo antes posible y, a poder ser, "en un plazo que no supere los doce meses a partir de la fecha del accidente o incidente grave".
 
Lista de pasajeros en dos horas
 
El reglamento obliga a las compañías aéreas de la UE, así como a las de terceros países que operen vuelos con origen en los aeropuertos europeos, que presenten una lista validada de todas las personas a bordo del avión en un plazo máximo de dos horas desde la notificación del accidente. Antes del vuelo, los pasajeros podrán indicar a la aerolínea una persona de contacto en caso de accidente.
 
Los nombres de los pasajeros del avión accidentado no se harán públicos antes de que sus familiares hayan sido informados por las autoridades competentes. Se mantendrá la confidencialidad de la lista de pasajeros y sólo se hará pública si los familiares no se oponen a ello.
 
Las aerolíneas también tendrán que presentar, inmediatamente después de la notificación del siniestro, la lista de los productos peligrosos a bordo del avión.
 
Planes de emergencia y asistencia a las víctimas
 
Cada Estado miembro elaborará un plan de emergencia nacional que se aplicará en caso de accidente. Los países de la UE garantizarán que todas las compañías aéreas registradas en su territorio cuenten con un plan de asistencia a las víctimas y sus familiares, los cuales deben incluir apoyo psicológico y asegurar que la compañía está en condiciones de hacer frente a un accidente grave. Los estados miembros alentarán a las aerolíneas no comunitarias que operen en la UE que adopten planes similares.
 
Cuando se produce un accidente, el Estado miembro encargado de la investigación, del país en el que está registrada la compañía aérea del avión accidentado o el país al que pertenecen un número significativo de víctimas, deberá designar a una persona de contacto que se encargará de informar a las víctimas y a sus familiares.
 
Red europea de autoridades encargadas de las investigaciones
 
El reglamento prevé la creación de una red europea de autoridades encargadas de las investigaciones de seguridad en la aviación civil, con el objetivo de mejorar la calidad de las investigaciones, impulsando métodos innovadores y la formación de los investigadores. Este organismo también asesorará a las instituciones de la UE en el ámbito de la investigación y la prevención de accidentes aéreos, fomentará el intercambio de información útil para la mejora de la seguridad aérea y elaborará una lista de investigadores, equipos y otros recursos disponibles en los Estados miembros.
 
Antes de finalizar 2011, la Comisión deberá presentar una revisión de la directiva relativa a la notificación de sucesos en la aviación civil. La Agencia Europea de Seguridad Aérea (AESA) tendrá acceso a toda la información sobre los accidentes y también podrá participar en las investigaciones en calidad de asesora.

Diana Ramón Vilarasau (transportes@hosteltur.com)
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