Un juzgado madrileño rechaza que haya cambio de condiciones laborales

Deniegan a controladores la extinción de sus contratos con Aena

Publicada 27/10/10
Deniegan a controladores la extinción de sus contratos con Aena
Un juzgado madrileño ha fallado en contra de la petición de siete controladores de extinguir sus contratos de trabajo con Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena) a causa de una modificación sustancial de sus condiciones laborales, por lo que habían solicitado una indemnización de 45 días por año trabajado.
Según ha informado Aena, el Juzgado de los Social nº 20 de Madrid, como han hecho otros tribunales ante peticiones semejantes de miembros de este colectivo, considera en su sentencia que "no estamos en presencia de una modificación sustancial de las condiciones de trabajo".

Para ello, alude que en este caso la variación de las condiciones de trabajo "no es imputable a la voluntad del empresario, sino que obedece a la aplicación de una norma legal".

El citado juzgado se ampara en la sentencia de la Audiencia Nacional sobre la demanda de conflicto colectivo presentada por la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) para justificar que la intervención del legislador "no era sólo obligada sino imprescindible" a fin de resolver la situación en la que se encontraba el sistema de navegación aérea en España.

Aena recuerda que, hasta el momento, "los juzgados han emitido más de una decena de sentencias rechazando la pretensión de los controladores de rescindir unilateralmente su contrato con el gestor y cobrar una indemnización de 45 días tras los cambios laborales establecidos en la Ley 9/2010 sobre servicios de tránsito aéreo".

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