Protección del viajero, Thomas Cook, paquete turístico y viajes combinados
11 octubre, 2019 (01:28:01)Reiteradamente, FETAVE ha manifestado que la Directiva UE 2015/2032 de Viajes Combinados y Servicios de Viajes vinculados era lo más importante que se había dado en el sector en materia legislativa desde la aparición de las agencias de viaje y ello tanto por lo que tiene de protección al viajero como de ordenación sectorial basada en la responsabilidad empresarial.
En España, esa normativa se ha transpuesto a través de un Real Decreto Ley de 28 de diciembre de 2018 y diez meses después, sigue pendiente de su desarrollo por parte de las Comunidades Autónomas con lo que realmente existe un cierto vacío normativo con efectos de fragmentación sobre el mercado nacional convertido en al menos 17 mercados con normativa diferente en costes de establecimiento y exigencias administrativas y ello sin perjuicio del mantenimiento del disparate de la garantía solidaria que no aporta a los viajeros ninguna adicional, pero si unos mayores costes como FETAVE viene denunciando.
La reciente crisis derivada de la quiebra del operador británico Thomas Cook con unos 40.000 turistas británicos varados en España, limitándonos a la protección de los viajeros, y sin entrar en los efectos económicos de esa quiebra, ha venido a demostrar la eficacia de la normativa europea sobre viajes combinados para la protección de estos que había contratado un paquete y con ello un viaje combinado.
Efectivamente, si ha sido modélico el proceso de retorno y la ordenada salida de esos turistas hacia su país, ha sido gracias a la existencia de esa normativa de viajes combinados y su correcta aplicación y no porque haya existido no se sabe muy bien qué acciones y de quién para ello independientes de la aplicación de esa normativa con una organización dedicada a velar por su correcto funcionamiento, al tiempo que es importante clarificar que los protegidos han sido, exclusivamente, aquellos viajeros que viajaban con un paquete, es decir en el marco de un viaje combinado organizado por un operador, pero no aquellos que hubiesen contratado por su cuenta separadamente avión, hotel, etc. que, en ese caso, carecen de la protección de la normativa de viajes combinados y ha debido hacer frente a su retorno con sus propios medios.
Ese es uno de los aspectos que creemos hay que resaltar y que el viajero debería saber al tomar su libre elección. El viajero puede contratar un paquete, en definitiva, un viaje combinado, y entonces está protegido por un seguro frente a los incumplimientos del contrato, así como frente a la quiebra del operador (como ha sido el caso de Thomas Cook UK), o bien hacer las compras independientemente en cuyo caso no opera la garantía de protección al viajero de la normativa de viajes combinados y en caso de problemas con su línea aérea, hotel, etc. deberá resolverlos como pueda desembolsando las cantidades que le requieran sin perjuicio de su derecho a reclamarlas a cada uno de los agentes involucrados lo que si se trata de una quiebra no deja de ser un brindis al sol y en otro caso conlleva gastos de reclamación que muchas veces lo hacen ineficaz.
Consecuentemente, el viajero debería ser informado adecuadamente y creemos que ello corresponde a la Administración de Consumo y de Turismo, sobre los derechos que le asisten en caso de efectuar su desplazamiento en un paquete o viaje combinado, y de que no los tiene en caso de contratación individualizada de esos servicios y con esa información, el viajero es libre de tomar su decisión de cómo quiere viajar y también, como consecuencia de ella, atenerse a los derechos y protección que le corresponden en cada caso como fruto de su elección.
Y el caso de la quiebra de Thomas Cook UK demuestra la diferencia, los de paquetes están protegidos en sus estancias, devolución a su punto de origen e incluso reembolso de lo pagado y no efectuado, es decir, dentro de los inconvenientes de la situación cubiertos y protegidos y los digamos viajeros por “libre” no o no en esas condiciones. Y sobre esa situación que cada viajero adopte las decisiones que a su interés convenga, pero sabiendo que no es igual el resultado de ella ante un problema que pueda darse en el viaje.
Expuesto lo anterior, hagamos una reflexión. ¿Qué hubiese pasado hoy en España si un Thomas Cook hubiese quebrado al estilo de lo que fueron las quiebras del llamado Grupo Marsans o la más reciente de Orizonia, cuyos damnificados, en aquel tiempo, no tuvieron la protección que hubieran debido tener de haber sido correctamente transpuesta la entonces Directiva comunitaria precedente de la hoy vigente? Pues nos tememos que un caos y ello por lo que hemos denunciado de incompleto desarrollo de la normativa de transposición del Real Decreto Ley por parte de las Comunidades Autónomas que permiten que se estén comercializando directamente por sus organizadores viajes combinados sin la obligada legalmente cobertura de protección del viajero y es por ello que resulta urgente completar la normativa cerrando los “agujeros negros” de protección existentes, por cierto eliminar la inútil garantía solidaria de organizador y minorista que no genera más protección al viajero pero si más coste, 165 millones de euros al año, y evaluar con las organizaciones aseguradoras su capacidad de respuesta frente a una situación tipo Thomas Cook para hacer efectiva la protección asegurada.
César Gutiérrez Calvo, Presidente de FETAVE
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