LUJO/TERMALISMO/NAVIDAD/IBERIA HANDLING/HUELGAS/IBTM/IMSERSO/EMIRATES/MINISTRO DE TURISMO /CADENAS HOTELERAS/IRYO/IBERIA VUELOS/BLACK FRIDAY/ESTAFAS BLACK FRIDAY/ROOM MATE/ÁVORIS/MILEI ARGENTINA/HOTELES BENIDORM /NH HOTELS
Última Hora Turismo Diario 7007 07.12.2023 | 20:56
  • España
  • Tarifas
  • Acceso / Registro
  • Hazte premium
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo. Acceso Premium
Academy
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Hosteltur Destinos
Hemeroteca
Hosteltur: Noticias de turismo Acceso Premium
Por Monlex Abogados, en Economía

Un nuevo sistema competencial de los Juzgados de lo Mercantil

LO 7/2022 de 28 de julio: qué competencias mantienen los Juzgados de lo Mercantil y qué competencias pasan a los Juzgados de Primera Instancia 12 septiembre, 2022 (09:33:04)
Imagen opinión Hosteltur

El pasado 28 de julio se publicó en el BOE la Ley Orgánica 7/2022, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), en materia de Juzgados de lo Mercantil, que modifica el sistema de reparto de las materias entre los juzgados de lo mercantil y los juzgados de primera instancia.

La anterior LO 7/2022 deriva de la previa modificación de la Ley Concursal, que incorpora a nuestro ordenamiento jurídico las medidas de la Directiva UE 2019/1023 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019 y que entre otras, obliga a los Estados miembros a garantizar que los procedimientos de reestructuración, insolvencia y exoneración de deudas se tramiten de una forma rápida y eficiente.

A fin de asegurar esa eficiencia y rapidez que se exige a ese tipo de procedimientos ha sido necesario revisar y ajustar el sistema de reparto de materias entre los juzgados de lo mercantil y las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales, de forma que ciertas materias que hasta ahora les habían sido atribuidas, pasan a ser competencia de los juzgados de primera instancia. De este modo, al descargar de competencias a los juzgados de lo mercantil y a las secciones especializadas de las Audiencias Provinciales, éstas podrán resolver con mayor celeridad los asuntos que les son encomendados y dar así cumplimiento a las obligaciones que prevé la nueva ley concursal.

Por tanto, a partir de la entrada en vigor de la Ley Orgánica 7/2022, de modificación de la LOPJ, los juzgados de primera instancia y las secciones de lo civil de las Audiencias Provinciales pasarán a conocer de determinados asuntos atribuidos, hasta ahora, a los Juzgados de lo Mercantil y a las secciones especializadas en materia mercantil de las Audiencias Provinciales.

Cuestiones como las acciones colectivas sobre condiciones generales de contratación; las acciones de daños derivados de la destrucción, pérdida o avería del equipaje facturado; la compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos; o los derechos y obligaciones de los viajeros de autobús y autocar, entre otras, que hasta ahora correspondían a los juzgados de lo mercantil, pasan a ser competencia de los juzgados de primera instancia.

Adicionalmente, y siguiendo con el proceso de especialización vigente en nuestro ordenamiento jurídico, la LO 7/2022 prevé que en aquellas capitales de provincia en las que haya más de cinco juzgados de lo mercantil, podrán destinarse dos o varios de ellos al conocimiento exclusivo de determinadas materias de entre las que sean de su competencia. Por su parte, y en aquellas capitales en las que el número de juzgados de lo mercantil sea inferior a cinco, se atribuirán a uno de ellos, de forma exclusiva, las solicitudes de declaración de concurso de acreedores de persona natural.

Por último, la LO 7/2022 de 28 de julio incorpora también una modificación de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, en relación con la acumulación de acciones, la acumulación de procesos y la reconvención, de forma que se reconoce la competencia a favor de los juzgados de lo mercantil para conocer de aquellas cuestiones que, aun no siendo de su competencia, presenten alguna conexión con el concurso. Y todo ello a fin de evitar resoluciones contradictorias.

La Ley Orgánica 7/2022, de modificación de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (LOPJ), en materia de Juzgados de lo Mercantil, entró en vigor el pasado día 17 de agosto. No obstante, se prevé, como régimen transitorio, que las demandas y solicitudes de concurso presentadas antes de su entrada en vigor y pendientes de admisión se tramitarán por el juzgado competente atendiendo a la fecha de presentación, los procedimientos iniciados se continuarán tramitando por el juzgado declarado competente y la competencia de los recursos interpuestos antes de la entrada en vigor se determinará por las normas vigentes en la fecha en que se remitan los autos a la Audiencia Provincial.

Mónica Julve

Abogada de MONLEX

mjulve@monlexabogados.es

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados Asesor MONLEX
Más sobre Economía
  • Monlex
  • Monlex Monica Julve

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión
Comentarios 0

Esta opinión no tiene comentarios.


Últimas notas de prensa

  • Los 20 destinos vacacionales más populares para el puente de diciembre
  • Enjoy Travel Group, de nuevo agencia oficial del Triatlón de La Habana
  • Buen otoño para la Alianza Hotelera y expectativas récord para Navidades
  • Queer Destinations, nuevo Miembro Asociado de la European Travel Commission

Últimos comentarios en opinión

  • Jose Navarro Motor de Reservas hotelero: listado y aspectos a analizar
  • Eobooking .com Motor de Reservas hotelero: listado y aspectos a analizar
  • María Condo La demanda turística de enero a mayo de 2023 respecto a 2019
  • arturo crosby Los grandes errores por los que la sostenibilidad turística todavía no funciona

Últimas opiniones

  • Por fin un Foro sobre Turismo en Espacios y Parques Naturales en España
  • Explorando el Potencial Turístico Sostenible de la Provincia de Huelva.
  • ¿Qué puede aprender el sector hotelero de este verano de éxito?

Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies
  • Edición Latam
  • Academy
  • Quienes somos
  • Contacto
  • Wikitur
  • Webinars
  • Revistas
  • Comunidad
  • Tarifas
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
Comentar Accede o Regístrate

Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y para mostrarte publicidad personalizada en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Clica AQUÍ para más información. Puedes aceptar todas las cookies pulsando el botón “Aceptar” o configurarlas o rechazar su uso clicando en el botón “Configuración”.

¿Para qué finalidades se utiliza mi información y quiénes la utilizan?

Este Sitio Web utiliza cookies propias y de otras entidades, para poder acceder y usar su información para las finalidades que se indican a continuación. Si no está de acuerdo con alguna de estas finalidades, podrá personalizar sus opciones a través de esta pantalla.

Usted permite el uso de las cookies para las siguientes finalidades:

Medir el rendimiento del contenido (GOOGLE ANALYTICS, GOOGLE TAG MANAGER y Linkedin Insight Tag)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)