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El Supremo prohíbe a los hoteles emitir obras no autorizadas por la EGEDA

5 febrero, 2009

El Tribunal Supremo prohíbe a los hoteles la emisión de obras y grabaciones audiovisuales no autorizadas por la entidad que gestiona los derechos, la Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), de forma que los establecimientos hoteleros sólo podrán reanudar su emisión bajo expresa autorización de la citada sociedad.

La Confederación Española de Hoteles y Alojamientos Turísticos (CEHAT) acata la sentencia del Tribunal Supremo -publicada hoy en el BOE-, que obliga a los establecimientos a pagar un canon por la emisión de obras y grabaciones audiovisuales, pero recuerda que la cantidad que EGEDA pide ha sido rechazada por el Tribunal de Defensa de la Competencia "por abusiva".