Por Cristina Naveda Rubio, en Transportes Los juzgados continúan defendiendo a los pasajeros de las cláusulas abusivas de las aerolíneas

Sentencia Palma: los pasajeros pueden reclamar indemnizaciones a través de terceros

25 junio, 2020 (13:16:16)

Imagen nota de prensa Hosteltur

Madrid, 25 de junio de 2020. Acabamos de conocer una importante sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil Nº1 de Palma en la que el juez estima la demanda presentada por reclamador.es contra Air Europa y declara la nulidad de la cláusula que tiene dicha compañía en sus contratos de viaje que prohíbe la cesión de los derechos de los pasajeros a terceros cuando se producen casos de retrasos, cancelaciones o pérdida de equipaje.

Almudena Velázquez, co-directora legal de reclamador.es señala que “esta sentencia, además de condenar a la aerolínea del Grupo Globalia al pago de una indemnización de 600€ por el retraso del vuelo, es muy relevante por cuanto considera nula la prohibición de la cesión de derechos a terceros (contenida en la cláusula 15ª de las condiciones generales de la compañía aérea) no sólo por ser impeditiva del ejercicio de defensa, ya que obliga al consumidor a personarse por sí mismo en los procedimientos, cosa que en muchos casos no va a hacer por la escasa cuantía de las indemnizaciones, sino porque, precisamente, la finalidad que destaca el Reglamento 261/2004 en cuanto a que la compensación sea obligatoria (siendo del importe que sea), salvo casos muy excepcionales, se vulnera con esta cláusula, por lo que su nulidad es de pleno derecho y puede ser incluso apreciada por el Juez aunque el proceso lo haya iniciado un no consumidor (reclamador.es, a la que se le cedió el derecho)".

Se trata, continúa explicando la portavoz de reclamador.es, “de una sentencia muy importante que avanza en los derechos de los pasajeros permitiéndoles optar por defenderse por sí mismos, o como suele suceder en estos casos, cederles sus derechos a terceros para que lo hagan por ellos, despreocupándose de las circunstancias del procedimiento, sin necesidad de desplazamientos y sin perder sus derechos (el de compensación en los casos de retrasos y cancelaciones, el de indemnización cuando se trata de la pérdida del equipaje) cuyo respeto es obligatorio para las compañías aéreas”.

Por último, señala Almudena Velázquez “en reclamador.es hemos defendido y defenderemos que esta cláusula que imponen aerolíneas como Air Europa sea declarada nula, pues es un importante impedimento en la defensa de los derechos de los viajeros. No debemos olvidar que, por ejemplo, solo en 2019, en reclamador.es gestionamos casi 3.000 reclamaciones por retraso, cancelación, overbooking o problemas de equipaje frente a Air Europa y que, en algunos de esos casos, por esta cláusula, los viajeros se han visto indefensos y sin su correspondiente indemnización”.