Reglamentación de la Ley 2686

La Pampa avanza en el registro de coordinadores y agencias de viajes

Publicada 04/04/14
La Pampa avanza en el registro de coordinadores y agencias de viajes

La Secretaría de Turismo de La Pampa advirtió que se encuentra trabajando en el marco de la normativa de la Ley N° 2686 para establecer “las pautas mínimas exigibles” que deben cumplir las agencias de viajes y coordinadores que operen en el territorio provincial.

Con el objetivo de “ordenar y proveer un buen funcionamiento de las agencias como así también avanzar en el conocimiento, organización y mejora de la aplicación de los recursos humanos disponibles”, la secretaría recuerda que fue creado el Registro de Coordinadores de Turismo y el Registro Provincial de Agencias de Viajes.

Agregan en un comunicado que las “pautas mínimas” se aplicarán a todas las empresas de turismo y personas físicas “especialmente aquellos que operen con turismo estudiantil en jurisdicción de la Provincia, cualquiera sea su destino turístico”.

La Pampa avanza en el registro de coordinadores y agentes de viajes.
La Pampa avanza en el registro de coordinadores y agentes de viajes.

Entre las exigencias para las agencias figura contar con un certificado de Inscripción emitido por la Secretaría, debiendo actualizar anualmente la inscripción dentro del primer trimestre del año.

Mientras que los coordinadores, que deben ser mayores de 21 años, tienen que demostrar buena conducta con el Certificado de Antecedentes Policiales; acreditar idoneidad o título habilitante y domicilio en La Pampa con antigüedad mayor a dos años; a lo que suman un examen aprobado sobre conocimientos básicos en materia turística, entre otras cosas. 

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