Nueva disposición

Argentina comienza a admitir a extranjeros no vacunados

Publicada 10/11/21 -Actualizada 05/12/21 02:05h
Argentina comienza a admitir a extranjeros no vacunados

El Gobierno de la Argentina estableció modificaciones a sus políticas de ingreso al país, que concretó su reapertura a pasajeros de todo el mundo el 8 de noviembre. Ahora, dispuso que un grupo de visitantes no residentes pueda arribar sin contar con un esquema completo de vacunación. ¿Quiénes son?

El Ministerio de Salud de la Argentina, liderado por Carla Vizzotti, publicó este miércoles 10 de noviembre en el Boletín Oficial la Resolución 2.948/2021, que establece excepciones a la exigencia de certificado de esquema completo de vacunación contra el COVID-19 para el ingresos de visitantes no residentes al país.

Vale recordar que este 8 de noviembre entró en vigencia la reapertura de las fronteras para los turistas de todo el mundo, siempre que cuenten con vacunación completa, un PCR negativo de hasta 72 horas antes y un seguro de salud con cobertura Covid.

Pero, la nueva normativa dispone que un grupo de pasajeros pueda acceder al territorio argentino sin necesidad de estar vacunados. ¿Quiénes son los beneficiarios de esta medida?

En primer lugar se exceptúa a los extranjeros “familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajen por motivo de visita familiar”. Deben ser hijos, padres, cónyuges o convivientes de argentinos o residentes) y presentar partida de matrimonio o de nacimiento, certificación de unión civil o convivencial, y documento nacional de identidad argentino del familiar para acreditar el vínculo.

Asimismo, queda exceptuados los “extranjeros no residentes que viajen por motivos de trabajo, negocios, estudios/capacitación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar de un evento deportivo”, comúnmente llamados “esenciales”.

Para acceder a este beneficio tendrán que presentar una carta del empleador, de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o constancia de inscripción en institución educativa o en congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional reconocido por Gobierno argentino.

Y, finalmente, tampoco necesitarán el certificado los “extranjeros a quienes se les otorgue un visado en categorías migratorias permanente o temporaria”, la cual será verificada al momento del ingreso.

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