El gobierno español fija el régimen de reaseguro para aerolíneas por cuenta del Estado en caso de guerra y terrorismo

Publicada 01/10/01
El gobierno español fija el régimen de reaseguro para aerolíneas por cuenta del Estado en caso de guerra y terrorismo
El Consejo de Ministros de España aprobó el viernes un Real Decreto-Ley que establece el régimen del reaseguro por cuenta del Estado de los riesgos de guerra y terrorismo que puedan afectar a la navegación aérea y que se encuentren cubiertos por contratos de seguro de responsabilidad civil frente a terceros no pasajeros, suscritos por compañías aéreas españolas y por el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena).
El Consejo de Ministros de España aprobó el viernes un Real Decreto-Ley que establece el régimen del reaseguro por cuenta del Estado de los riesgos de guerra y terrorismo que puedan afectar a la navegación aérea y que se encuentren cubiertos por contratos de seguro de responsabilidad civil frente a terceros no pasajeros, suscritos por compañías aéreas españolas y por el ente público Aeropuertos Españoles y Navegación Aérea (Aena). Para ello, el Real Decreto-Ley indica que el Consorcio de Compensación de Seguros será el que se haga cargo de la administración del reaseguro durante el plazo de treinta días naturales, ampliables por acuerdo de Consejo de Ministros. Como contraprestación de la asunción del riesgo se establece una prima de hasta 750 millones de dólares para el tramo de cobertura en el caso de responsabilidad civil por el transporte aéreo de viajeros. Para el tramo comprendido entre 750 millones de dólares y el límite máximo de cobertura previsto en los contratos vigentes, la prima ascenderá a 50 centavos de dólar por pasajero para el supuesto de un límite máximo de 2.000 millones de dólares y la parte proporcional de dicho precio para límites inferiores. En cuanto a la responsabilidad civil por el transporte aéreo de mercancías, la nueva legislación fija un importe equivalente al 50 por ciento de la prima que, para igual periodo, corresponda satisfacer por la cobertura reaseguradora privada de la responsabilidad civil derivada de riesgos distintos de los que contempla esta norma. Asimismo, la responsabilidad civil de Aena contará con un importe equivalente al doble de la prima correspondiente a la cobertura del reaseguro de responsabilidad civil general que se encontraba vigente hasta la fecha de entrada en vigor del Real Decreto. Además, se autoriza la concesión de anticipos de tesorería para hacer frente a las obligaciones derivadas de este régimen. El Real Decreto-Ley desarrolla el acuerdo alcanzado por el Ecofin el pasado sábado 22 de septiembre, que autorizó que fueran los Estados los que transitoriamente se hicieran cargo de esta cobertura, a causa de las situaciones de fuerza mayor. El Ecofin impuso la condición de que el apoyo de los Gobiernos se limite a afrontar un descubierto en el mercado de seguros en un determinado corto plazo para asegurar la continuidad de la cobertura, a lo que se suma que los estados recibirán una prima por la cobertura ofrecida. Además, la nueva cobertura se limitará a un plazo de treinta días, a la espera de continuar los trabajos para encontrar una solución duradera y para animar a la industria a volver al mercado lo antes posible.
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