Sindicatos y patronal firman el convenio laboral de agencias de viajes
Publicada 28/09/16
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- El nuevo convenio incluye un aumento salarial para los agentes del 4%, repartido en tres años. El 1% para 2016 con efecto retroactivo, así como un 1,5% para 2017 y 2018
- El convenio contempla nuevos permisos y licencias que serán retribuidos
- Las excedencias por cuidado de hijos y de familiares se amplía la reserva del puesto de uno a dos años
Tras ochos meses de negociaciones y uno de ajustes del texto, la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) y la Representación Sindical (SPV, UGT y CCOO) han firmado el Convenio Colectivo Estatal de Agencias de Viajes, del que ya habían suscrito un preacuerdo hace un mes y medio, que incluye una subida salarial del 4% en tres años.
Dicho convenio, que ahora tendrá que ser registrado y publicado por el Ministerio de Empleo y Seguridad Social, tendrá una vigencia desde su publicación en el BOE (salvo las retribuciones que tienen efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2016) hasta el 31 de diciembre de 2018, tres años.
El nuevo convenio incluye un aumento salarial para los agentes del 4%, repartido en tres años. El 1% para 2016, así como un 1,5% para 2017 y 2018. Con respecto a la fecha desde la que se aplicará el incremento salarial, se ha acordado que sea el 1 de enero de 2016. En este sentido, los empresarios tendrán de plazo máximo para abonar los atrasos hasta el 31 de diciembre de 2016.
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Por otra parte, el convenio contempla nuevos permisos y licencias que serán retribuidos y que son los siguientes, según explica CEAV: “Para el cumplimiento de deberes públicos -acudir al notario, la renovación de permisos de trabajo, residencia, pasaporte, etc-”. “Para consultas médicas o pruebas diagnósticas del propio trabajador/a. Hasta 3 veces al año”. “Para acompañar a descendientes en edad pediátrica y a ascendientes dependientes, a cargo del trabajador, a consultas médicas o pruebas diagnósticas. Hasta 3 veces al año”. Y “para el examen del carnet de conducir”.
CEAV también destaca que en las excedencias por cuidado de hijos y de familiares se amplía la reserva del puesto de uno a dos años, y que el seguro de accidente sube el capital de la póliza a 30.000 euros para los casos de muerte o invalidez permanente absoluta derivados de accidente y se sustituye la ayuda por defunción por un seguro de vida por 9.000 euros.
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