Tienen complicado recuperar lo entregado si no se pagó al proveedor

Las agencias pueden reembolsar al cliente los depósitos de los paquetes de Orizonia

Publicada 19/02/13 -Actualizada 15/07/18 23:30h
Las agencias pueden reembolsar al cliente los depósitos de los paquetes de Orizonia

Muchas agencias de viajes tienen en su poder el dinero de clientes que han comprado paquetes de Orizonia que no podrán disfrutar. Ante la incertidumbre de los pasos a dar en esta situación, CEAV señala que pueden reembolsarlo u ofrecer un viaje alternativo. Por el contrario, si la agencia ha pagado a Orizonia pero el turopeador no ha hecho lo mismo con los proveedores, la agencia lo tiene complicado para recuperar el dinero.  

La Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV) ha enviado a las agencias de viajes información legal y una serie de recomendaciones de cara a solventar dudas sobre los paquetes que hayan vendido de los turoperadores de Orizonia, dado que han dejado de operar.

CEAV distingue entre los clientes que han pagado el viaje pero todavía no lo han disfrutado, y aquellos que están en destino. Sobre los primeros, la situación es mucho más sencilla. Si el cliente decide no viajar y recuperar el dinero, la agencias se lo puede devolver con total tranquilidad, ya que se trata de un servicio no prestado y esta no actúa como depositaria de la mayorista (al contrario de lo que ocurre con las aerolíneas). Es decir, si Orizonia entra en concurso, esas cantidades no son reclamables por la administración concursal, al contrario de lo que ocurrió con Spanair.

Y si el cliente decide viajar, la agencia le puede ofrecer, obviamente, otro viaje alternativo por igual precio. Para estos supuestos, CEAV señala: “Si el cliente decide cancelar/desistir del viaje por no estar conforme, el organizador o el minorista deberá reintegrar el importe total de las cantidades abonadas en el plazo recogido en el artículo 76 de la ley (30 días máximo desde el desistimiento del consumidor) y, en función de la causa de incumplimiento, una posible indemnización (artículo 159.3)”.

Clientes en destino

En cuanto a aquellos clientes que ya iniciaron el viaje y se encuentran en destino, CEAV distingue entre tres supuestos: Si la agencia de viajes ha desembolsado el importe íntegro del viaje y la mayorista ha pagado a los proveedores; Si la mayorista no ha pagado a los proveedores; y si la agencia de viajes aún no ha desembolsado el importe íntegro del viaje.

En el primero de los casos, señala que “es responsabilidad del proveedor la correcta ejecución del contrato, al haberse efectuado correctamente el pago de los servicios, tanto por los clientes como las agencias mayorista y minorista”.

Responsabilidad solidaria

En el segundo supuesto, si la agencia ha desembolsado el importe íntegro del viaje pero Orizonia no ha pagado a los proveedores, “es responsabilidad de la agencia mayorista la correcta ejecución del contrato”, aunque la ley dice que “al tratarse de un viaje combinado la responsabilidad podrá recaer, si el cliente así lo reclama, tanto en la agencia mayorista como en la agencia minorista, debiendo hacerse cargo de la devolución del importe de los servicios no disfrutados”.

Y añade que “si es la agencia de viajes minorista la que asume el coste de los servicios que el proveedor se niega a prestar, posteriormente, podrá ejercer la acción de repetición frente a la agencia mayorista, con las dificultades de que si la mayorista entra en concurso de acreedores, las posibilidades de recuperar, rápido y en su totalidad, el dinero son escasas para la minorista”.

Y en el tercer caso, si la agencia aún no ha desembolsado el importe íntegro del viaje, la minorista debe intentar conseguir confirmación escrita de la citada mayorista de este hecho, retener el dinero en su caso, y por descontado, intentar garantizar al cliente consumidor en destino el disfrute de los servicios contratados”.

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