Rechazo unánime de los profesionales al proyecto de ley de seguridad aérea

Publicada 25/04/03
Rechazo unánime de los profesionales al proyecto de ley de seguridad aérea
Sindicatos y Asociaciones del Sector Aeronáutico español se unen para pedir al Ministro de Fomento la devolución de esta ley por considerar que tiene un exclusivo carácter sancionador, no contempla el mantenimiento y la mejora de la seguridad aérea, tiene un talante involucionista al permitir la posible militarización del sector, es contraria a las leyes internacionales, e incluso podría llegar a restringir derechos fundamentales de los trabajadores amparados en la Constitución. Los profesionales del sector aéreo integrados en la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) , CC.OO del sector aéreo, Sindicato de Auxiliares de vuelo (STAVLA), ASETMA (Sindicato de Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves), FSAI (Sindicato de Técnicos de Navegación Aérea) y los sindicatos de pilotos españoles SEPLA, el europeo ECA, y el mundial IFALPA, solicitan al Gobierno que se devuelva el proyecto de ley de Seguridad Aérea y proceda a elaborar una nueva y completa ley que efectivamente garantice a los usuarios, y al sector el ordenamiento, mantenimiento y mejora de la seguridad, base del desarrollo y futuro del transporte aéreo.
Sindicatos y Asociaciones del Sector Aeronáutico español se unen para pedir al Ministro de Fomento la devolución de esta ley por considerar que tiene un exclusivo carácter sancionador, no contempla el mantenimiento y la mejora de la seguridad aérea, tiene un talante involucionista al permitir la posible militarización del sector, es contraria a las leyes internacionales, e incluso podría llegar a restringir derechos fundamentales de los trabajadores amparados en la Constitución. Los profesionales del sector aéreo integrados en la Unión Sindical de Controladores Aéreos (USCA) , CC.OO del sector aéreo, Sindicato de Auxiliares de vuelo (STAVLA), ASETMA (Sindicato de Técnicos de Mantenimiento de Aeronaves), FSAI (Sindicato de Técnicos de Navegación Aérea) y los sindicatos de pilotos españoles SEPLA, el europeo ECA, y el mundial IFALPA, solicitan al Gobierno que se devuelva el proyecto de ley de Seguridad Aérea y proceda a elaborar una nueva y completa ley que efectivamente garantice a los usuarios, y al sector el ordenamiento, mantenimiento y mejora de la seguridad, base del desarrollo y futuro del transporte aéreo. El proyecto de ley que sigue actualmente el trámite parlamentario será presentado al Senado en fechas próximas, tras haber sido aprobado en el Congreso de los Diputados el pasado 4 de Abril en contra de enmiendas presentadas por el Partido Socialista, Izquierda Unida, Coalición Canaria y Convergencia i Unió. El rechazo unánime de los profesionales sobre este proyecto de ley se fundamenta en los siguientes argumentos: 1. Se trata de una ley exclusivamente sancionadora: no establece políticas ni medidas que garanticen el mantenimiento y mejora de la seguridad, limitándose exclusivamente a establecer un marco sancionador que afecta a empresas, trabajadores del sector y a usuarios. En este sentido, se fijan sanciones desproporcionadas, que podrían incluso llegar a lesionar derechos constitucionales, de los pasajeros y profesionales .También la imprecisión de la redacción de la ley podría dar lugar a que los agentes de la actividad aeronáutica tuvieran que hacer frente a sanciones de las cuales no fueran responsables directos. 2. Es una ley parcial puesto que no contempla el ordenamiento del transporte aéreo, y sólo viene a complementar a la Ley de Navegación Aérea de 1960 de la época de la dictadura que actualmente sigue en vigor, a pesar de estar totalmente obsoleta y desfasada en la actualidad, Además es contraria a las leyes de la Unión Europea que afectan al transporte aéreo en España. 3. Permite el intervencionismo ministerial contemplando la posible militarización del control aéreo y de la actividad aeronáutica civil sin definir supuestos claros y condiciones precisas para que pueda ser tomada dicha medida. Contempla pues, poder otorgar competencias al Ministerio de Defensa permitiendo el uso del personal aeronáutico militar en el ámbito civil, diametralmente diferente, mediante la libre designación de oficiales en la reserva del Ejército del Aire sin licencia, ni titulación específica, ni con conocimientos y experiencia en aviación civil. Esa situación podría incluso llegarse a aplicar en casos de conflicto laboral y/o huelga legal del personal aeronáutico civil, por lo que al poder ser sustituidos por personal militar se vería restringido un derecho fundamental de los trabajadores amparado en la Constitución Española. 4. Contempla la privatización de la Inspección Técnica del Estado a favor de empresas o corporaciones privadas, sin que se especifique qué requisitos deberán reunir éstas, ni qué control tendrá el Estado sobre las labores oficiales delegadas a particulares, renunciando a establecer sistemas transparentes de verificación. 5. Contradice las normativas aeronáuticas internacionales en dos puntos fundamentales: · Establece que la Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación Civil siga dependiendo del Ministerio de Fomento cuando la normativa europea, al igual que defienden las organizaciones firmantes, sostiene la independencia de este tipo de organismos respecto de sus gobiernos. Está en contra de las normas internacionales de seguridad sobre prevención de accidentes e incidentes dictadas por la Organización Internacional de Aviación Civil (OACI) y que se aplican en todo el mundo, así como de la normativa de Eurocontrol. Supone la ruptura de los actuales y necesarios canales de información de carácter anónimo y confidencial que existe entre el sector y la autoridad aeronáutica, utilizados habitualmente para el análisis y prevención de escenarios cuya utilidad consiste en la generación de una estrategia proactiva encaminada a la evitación de posibles futuros accidentes o incidentes en circunstancias similares. Así pues en esta ley se indica que cualquier información facilitada a la autoridad podrá ser utilizada contra el propio emisor y ser motivo de una sanción. 6. Ha sido redactada sin tener en cuenta ninguna de las alegaciones y sugerencias aportadas por más de 25 entidades, organizaciones e instituciones del sector aeronáutico a quienes tan sólo se les permitió 15 días para el estudio del proyecto Por todas estas razones, los sindicatos y asociaciones del sector aeronáutico instamos al Gobierno a que retire dicho proyecto y proceda a elaborar una nueva y completa ley que efectivamente regule el transporte aéreo en España, sustituya la obsoleta ley de 1960 y garantice la seguridad de las operaciones aéreas en bien de los usuarios y del futuro desarrollo del sector. (Aviaciondigital.com, 24/04/03)
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