Por un defecto de forma

El TSJC anula la regulación catalana de alquiler de habitaciones a turistas

Publicada 22/06/22 -Actualizada 20/07/22 02:01h
El TSJC anula la regulación catalana de alquiler de habitaciones a turistas
  • Deroga parte de este decreto aprobado en 2020 para regular el alquiler de habitaciones a turistas
  • Argumenta que durante la tramitación de la normativa se obviaron trámites de información pública
  • El Govern ha anunciado que presentará un recurso contra dicha sentencia

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha anulado el decreto que la Generalitat aprobó en 2020 para regular el alquiler de habitaciones a turistas, porque durante la tramitación de la normativa se obviaron procedimientos de información pública.

El alto tribunal anula el decreto para que se reabra el trámite de información pública "con las personas o entidades afectadas, dada la importancia de la regulación que se pretende y los condicionantes que se quieren introducir en la regulación de los hogares compartidos".

En su sentencia, el TSJC estima parcialmente el recurso presentado por la Asociación Vecinos y Anfitriones, que representa a personas que alquilan habitaciones a viajeros en su propio domicilio, para que se cumplan los "trámites formales de información pública omitidos" durante la tramitación del decreto.

Según reconoce el alto tribunal catalán, la última redacción del decreto, que fue aprobado en 2020, contenía "modificaciones sustanciales" respecto al proyecto inicial que había sido sometido a información pública años antes.

El alquiler de habitaciones se lleva a cabo en la residencia habitual, a diferencia de los alojamientos turísticos.

"No se puede sostener que las variaciones fueran adjetivas o meramente superfluas", añade el fallo, que detalla que las modificaciones incorporadas en el decreto final establecían una limitación al número de días de la estancia y la capacidad de los hogares compartidos, además de introducir la necesidad de habilitación otorgada por el Departamento de Empresa.

Por su parte, el Govern ha anunciado que presentará un recurso contra dicha sentencia. El departamento de Empresa y Trabajo, a través de un comunicado, "niega el defecto de forma". Sostiene que la sentencia no es firme y que "continuará velando porque el marco jurídico catalán facilite una correcta gestión de la actividad de alojamiento turístico.

En un comunicado, la Asociación de Vecinos y Anfitriones ha celebrado el fallo, que considera "histórico", y ha denunciado que la Generalitat nunca "ha tenido la voluntad real de estudiar el fenómeno" del alquiler de habitaciones a turistas y "hacer una regulación coherente a las características de los hogares compartidos".

Se trata de una actividad que se lleva a cabo en la residencia habitual, a diferencia de los alojamientos turísticos, por lo que "no puede equipararse a las mismas condiciones y requisitos que cualquier otra actividad profesional", señala la asociación

Asimismo, la entidad considera que con la "prohibición encubierta de hogares compartidos", el Ayuntamiento de Barcelona está "protegiendo y consagrando la modalidad de las viviendas turísticas, que son las que se encuentran en manos de grandes tenedores" y crean los "verdaderos problemas de convivencia".

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