Desde CEAV exponen los escollos
Agencias: los 4 puntos negros que entorpecen el registro de viajeros
Fallos en la plataforma o lentitud del Gobierno, algunas de las razones que obstaculizan la aplicación del Real Decreto 933/2021 en las agencias de viajes
Publicada 11/08/25

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Las agencias de viajes reconocen que el cumplimiento del Real Decreto 933/2021 está resultando “muy farragoso y difícil” por cuatro razones principales a las que se suma la falta de empatía con el Gobierno que ha hecho caso omiso a sus peticiones, indica a HOSTELTUR, Ana Barluenga, directora del área Jurídica de la Confederación Española de Agencias de Viajes (CEAV).
Los cuatro puntos que destaca Barluenga como puntos negros que obstaculizan el registro de viajeros son:
- La ingente cantidad de trabajo que supone, y especialmente para microempresas y pymes, que son las que componen principalmente el tejido de agencias de viajes en nuestro país.
- Los fallos que aún se producen en la plataforma.
- La lentitud del Ministerio de Interior en responder a las consultas interpretativas de la normativa planteadas por las agencias de viajes, así como la lentitud de dicho Ministerio en solventar las incidencias técnicas detectadas por las agencias de viajes.
- La negativa de clientes, especialmente de turoperadores extranjeros, de facilitar los datos de los clientes finales exigidos por entender que vulneran el derecho de intimidad y los derechos de protección de datos personales.

CEAV llevará al Juez la Orden Ministerial
Hasta el momento, desde el Ministerio de Interior no se ha atendido a la petición de las agencias de ser excluidas del ámbito de aplicación del Real Decreto 933/2021, por lo que Barluenga considera "muy complicado que se acabe excluyendo a las agencias de viajes y a los operadores turísticos”.
En ese sentido y "salvo que se excluya a las agencias de viajes y operadores turísticos en la Orden Ministerial, que lamentablemente parece complicado, puesto que la postura de Interior ha sido tajante hasta el momento, en cuanto a su negativa, CEAV deberá evaluar la judicialización de dicha Orden Ministerial una vez que se publique”, subraya la abogada.
“Hemos trasladado múltiples quejas solicitando la exclusión de las agencias de viajes y operadores turísticos del Real Decreto 933/2021, ya que entendemos que se vulnera el principio de jerarquía normativa al no mencionarse ni a los intermediarios, ni a las agencias de viajes, ni a los operadores turísticos, como posibles sujetos obligados a tales deberes de comunicación y registro de datos, en el artículo 25.1 de la Ley Orgánica 4/2015 de protección de la seguridad ciudadana del que emana dicho Real Decreto”, detalla la representante legal de las agencias.
Hasta la fecha, CEAV no tiene constancia de que se haya impuesto alguna sanción a agencias de viajes por incumplimiento de la medida.
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