El Supremo rechaza el recurso de USCA contra la prórroga del estado de alarma

Publicada 26/04/11
El Supremo rechaza el recurso de USCA contra la prórroga del estado de alarma

El Tribunal Supremo no ha admitido a trámite el recurso del sindicato de controladores aéreos (USCA) contra el Real Decreto de 17 de diciembre de 2010 con el que el Gobierno prorrogó el estado de alarma para normalizar el tráfico aéreo, e insiste en que no es competente para revisar esas actuaciones.

En un auto, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo hacen hincapié en que la decisión del Gobierno fue tomada después de que el Congreso de los Diputados diera su visto bueno a la ampliación de la medida excepcional, por lo que es una actuación amparada constitucionalmente que no puede ser revisada por los tribunales ordinarios.

"La prórroga (del estado de alarma) no es constitucionalmente posible sin dicha autorización y no es concebible que el Congreso de los Diputados la conceda sin aceptar su procedencia en la forma y en el fondo", argumenta el auto. El Supremo concluye que, "parlamentarizada la decisión, aunque su formalización última la exprese el Gobierno por Real Decreto, estamos fuera" de las posibilidades de control jurisdiccional que la Constitución Española atribuye a los jueces y magistrados.

Con esta decisión, el Supremo ha rechazado tres veces los recursos presentados por los controladores contra la declaración del estado de alarma y su prórroga.

La última ocasión fue el pasado 9 de marzo, cuando el Alto Tribunal confirmó la decisión que tomó el 10 de febrero de no admitir a trámite el recurso contra la declaración del estado de alarma. Los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo insistieron entonces en que la autorización del Congreso de los Diputados a la prórroga del estado de alarma "supuso la asunción de la declaración inicial, con lo que se le dio naturaleza y carácter parlamentario".

"No tratándose ya de una actuación gubernamental sino de una resolución de la cámara, el Real Decreto queda fuera del ámbito" en el que el Supremo puede controlar la actividad administrativa, reiteraron los magistrados el pasado mes de marzo.

El Gobierno declaró el estado de alarma el 4 de diciembre, después de que los controladores aéreos abandonaran masivamente sus puestos de trabajo el día anterior, lo que provocó que el espacio aéreo español se cerrase la víspera del puente de la Constitución, con más de 2.000 vuelos afectados.

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