Acusan al grupo escandinavo de esconder determinadas deudas de la antigua Aebal

SAS, condenada a pagar a Quantum Air más de 6,3 M € por falso balance e incidir en su quiebra

Publicada 24/10/12 -Actualizada 15/07/18 23:22h
SAS, condenada a pagar a Quantum Air más de 6,3 M € por falso balance e incidir en su quiebra

El Juzgado Mercantil nº1 de Palma de Mallorca, que tramita el concurso de acreedores de Quantum Air (exAebal) ha condenado a SAS, su anterior propietario, a pagar a la aerolínea española la cantidad de 6.320.516 euros por haber ocultado en el balance de la que fuera subsidiaria de Spanair determinadas deudas que le correspondían y que incidieron en la posterior insolvencia de la empresa compradora que solicita el pago de la cantidad demandada de más de 31 millones de euros.

En enero de 2010, Quantum Air, presidida pr Antonio Mata, suspendió la venta de billetes y demandó a SAS por incumplimiento de contrato en la venta de Aebal (Aerolíneas de Baleares), realizada el 13 de enero de 2009 por la sociedad española Proturin S.A., denunciando la presencia de deudas ocultas que desconocían cuando compraron la compañía. La aerolínea española explicó entonces que el grupo SAS sehabíacomprometido a cancelar todas las deudas de Aebal al 31 de diciembre de 2008, deudas con terceros que se definían en los contratos y en el balance de situación de la compañía, que se adjuntó al acuerdo de venta. El impago de estas deudas por parte de SAS ascendería a casi 14 millones de euros.

Desde Estocolmo, SAS rechazó la versión de Mata: "todas las alegaciones de Quatum Air son falsas" , asegurando que el problema de Quantum era debido a que no había pagado el leasing de los aviones desde hacía unos meses, por lo que el grupo escandinavo procedió a finiquitar el contrato.

Sentencia en Palma

El tribunal refiere específicamente que la condena al grupo escandinavo tiene lugar al entender que “SAS debe responder frente a la concursada de todas y cada una de las deudas que no se encontraban recogidas en el balance de cierre, por falta de veracidad y exactitud en la actuación de la vendedora” y que “esta exclusión intencionada (por parte de SAS), ha generado el quebranto a la concursada”.

El juez de la causa concluye en su sentencia que el balance de “SAS faltó a la verdad y era inexacto por falta de inclusión de unas partidas de necesario reconocimiento en el proyecto empresarial”.

Según refiere el dictamen, además de no incluir determinadas deudas en el momento de la venta, SAS ocultó asimismo una previsión para mantenimiento por importe de 19 millones de euros, a pesar de que Deloitte, como empresa auditora, si que recogió en su informe la necesidad de dotar esta cantidad, lo cual, a juicio del juez interviniente, "fue decisivo en el devenir de la sociedad", considerando que, este hecho en sí, fue el detonante de la insolvencia de Quantum Air. "De haberse incluido en el balance de cierre todas las deudas y previsiones que el normal funcionamiento de la compañía requería para mantener su correcta operativa, el resultado hubiera sido totalmente diferente, en contra de SAS AB”, concluye el juez.

Demanda en ciernes

Igualmente la concursada Quantum Air, esta a la espera de la resolución judicial de la demanda interpuesta ante el mismo juzgado que entiende el concurso, sobre acción social de responsabilidad contra los antiguos administradores de la sociedad, todos ellos, directores ejecutivos vinculados al grupo escandinavo de transporte aéreo, incluyendo igualmente a SAS como codemandada.

La demanda de acción de responsabilidad social alcanza entre otros, al actual vicepresidente de SAS, Benny Zakrisson, así como al anterior presidente de la escandinava Mats Jansson, y al que fue presidente de Spanair y de Aebal simultáneamente, Lars Lindgren, para quienes Quantum Air solicita al juez del concurso de acreedores, competente en esta materia, que acuerde la responsabilidad de todos los codemandados, condenándoles por ello solidariamente al pago de la cantidad reclamada, que asciende a un total de 31.301.743,32 euros, por los daños causados en el patrimonio de AEBAL.

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