Decisisón de la Audiencia Nacional

Ordenan repetir el juicio del laudo arbitral entre Iberia y el Sepla

Publicada 18/10/12 -Actualizada 15/07/18 23:22h
Ordenan repetir el juicio del laudo arbitral entre Iberia y el Sepla

La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional (AN) ha rechazado estudiar la demanda contra el laudo arbitral que ponía fin al conflicto entre Iberia y el Sepla en representación de sus pilotos por la creación de la filial low cost Iberia Express y ordena repetir el juicio celebrado hace una semana por no haber sido incluida esta última en el procedimiento

El pasado jueves, dando un giro argumental Iberia ha sostenido que IB Express es independiente y pidió la impugnación total o parcial del laudo, mientras el sindicato de pilotos defendía que es propiedad de la aerolínea matriz en uin 100%.

El origen del litigio se remonta a la decisión de Iberia de separar su negocio del corto y medio radio y crear para su explotación una filial de bajo coste que pudiera competuir en esos mercados con las principales low cost europeas. Los pilotos se enfrentaron entonces a la empresa, argumentando que esta iniciativa contraven`ia su convenio colectivo -recordando la creación de clickair- desenvocando en varias jornadas de huelga, cancelación de cientos de vuelos y pérdidas millonarias.

Para resolver el conflicto, el Gobierno designó un mediador entre las partes y, ante la falta de acuerdo, estableció posteriormente un arbitraje obligatorio, cuya decisión fue recurrida por Iberia ante la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.

Durante el juicio celebrado el pasado 11 de octubre, Iberia defendió la autonomía de su filial, mientras que el colectivo de pilotos insistió en que una decisión arbitral sin alusión a Express hubiera sido "ficción".

En una sentencia notificada este jueves, los magistrados rechazan de plano entrar en el fondo del asunto, ya que la resolución del conflicto entre Iberia y el sindicato de pilotos afectaría de lleno también a la aerolínea de bajo coste Iberia Express y sus relaciones laborales, sin que ésta se haya podido pronunciar al respecto.

"No siendo Iberia Express parte en el presente procedimiento, no podríamos de ningún modo resolver sobre la pretensión de Iberia Operadora sin incurrir exactamente en los mismos vicios procedimentales que se pretender censurar", señala la resolución.

Incorporan a Iberia Express

Ante esta imposibilidad para resolver, la AN ha considerado que después de no haber dado audiencia a la filial de la compañía sería "incoherente e insostenible jurídicamente" dictar sentencia si darle a Express la posibilidad de personarse en el pleito.

Así, apunta que el litigio se debe "ventilar" entre todas las partes que podrían verse afectadas por la decisión y ordena que el procedimiento vuleva al momento de la admisión de la demanda.

De este modo, fija un plazo de cuatro días para la incorporación de la filial en el proceso, con el fin de estudiar el fondo de la cuestión, ya que en caso contrario decretaría el archivo de las actuaciones, manteniéndose en vigor el laudo arbitral.

No obstante, la AN recuerda que el próximo 25 de octubre se celebrará el juicio en el que Express pide también la nulidad de la decisión dictada por Jaime Montalvo, e insiste en que en ese proceso sí están personadas todas las partes, tanto Iberia como el Sepla y su sección sindical en la matriz.

Por otro lado, recuerda a las partes que pueden presentar un recurso de casación ante la Sala Cuarta del Tribunal Supremo, que podría prepararse en un plazo de cinco días hábiles desde este jueves.

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