Boletín Oficial del Estado

El BOE publica los nuevos requisitos para entrar en España

Las pruebas PCR y TMA valen para entrar a España y quedan exentos menores de 6 años

Publicada 10/12/20 -Actualizada 05/01/21 02:17h
El BOE publica los nuevos requisitos para entrar en España
  • La TMA tiene una "fiabilidad equivalente" a la prueba PCR para la detección del coronavirus
  • A partir de ahora las acreditaciones pueden presentarse también en francés y alemán
  • La prueba negativa se exige a los pasajeros que llegan por vía aérea o marítima desde países de riesgo

El Boletín Oficial del Estado ha publicado este jueves las modificaciones acordadas por el Ministerio de Sanidad en relación con las pruebas válidas y certificados para entrar en España por aeropuertos y puertos desde países considerados de riesgo.

Concretamente, los viajeros que lleguen a España por vía aérea o marítima desde países de riesgo pueden a partir de este jueves presentar o bien una PCR negativa o bien un test molecular TMA que acredite que no padecen la COVID-19.

En este sentido, el BOE dice lo siguiente: "Se establecen como modalidades admitidas de Pruebas Diagnósticas de Infección Activa para SARS-CoV-2 (...) la prueba PCR (RT-PCR), la TMA y otras pruebas basadas en técnicas moleculares equivalentes".

La prueba TMA es una técnica molecular de detección de ARN viral con una fiabilidad equivalente para la detección de SARS-CoV-2.

Además, "a las personas menores de seis años no les será exigible la acreditación prevista (...) del resultado negativo obtenido en cualquiera de las modalidades de Pruebas Diagnósticas de Infección Activa para SARS-CoV-2 contempladas en el apartado anterior (...) Asimismo, tampoco será exigible, para las personas menores de seis años, la realización de las pruebas".

Cuatro idiomas admitidos

Además, el Ministerio de Sanidad ha autorizado que las acreditaciones de los test se podrán presentar también en francés y en alemán; hasta ahora debían certificarse en español y en inglés, los únicos idiomas permitidos.

En el caso de no ser posible obtenerlo en estos idiomas, el documento de que se ha hecho la prueba y ha dado negativa deberá ir acompañado de una traducción al español, realizada por un organismo oficial.

España exige prueba negativa a los pasajeros que entren al país por vía aérea o marítima procedentes de 28 estados de la UE (como Alemania, Francia, Italia y Portugal) y de 37 terceros países (Marruecos y Reino Unido, entre ellos) efectuada 72 horas antes de su llegada.

Todos los pasajeros internacionales cuyo destino final sea España deberán someterse a un control sanitario antes de su entrada en el país, que podrán incluir la toma de temperatura, un control documental y un control visual sobre el estado del pasajero.

El ministro de Sanidad, Salvador Illa.

Plan alternativo en Canarias

Por su parte, el Gobierno de Canarias posibilitará el uso de test de antígenos para el control sanitario de viajeros internacionales a su llegada al archipiélago, por medio de un decreto del presidente, Ángel Víctor Torres, que ha entrado en vigor este 10 de diciembre, tras su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

El gobierno canario asegura que mantiene las negociaciones con el Ministerio de Sanidad para armonizar la norma autonómica con la nacional, que no autoriza los test de antígenos para los viajeros internacionales.

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