Eclipse·Gasto turístico·Juan recio·Terremoto Colombia·España italia·Ovb ·Perseidas·Feria Málaga·Verano·incidente swiss·IMSERSO VIAJES·Cuba·cangas del narcea ·Reservas hoteleras España·incendios·HUELGAS·Oriente Medio·viajes combinados·vuelos cancelados·TURISMO SOSTENIBLE·Mapa últimas noticias·AGENCIAS DE VIAJES·MUNDIPLAN·TURISMO SOCIAL·APERTURA HOTEL·
Hemeroteca Laia Tarifas
Hosteltur, noticias de turismo para profesionales. Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo.
  • Acceso / Registro
Academy
  • Última hora noticias
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Viajes
Premium

Hazte Premium por sólo 0,17€/día y accede a todo nuestro contenido sin límites.

29 octubre, 2020 (11:39:12) Por Monlex Abogados, en Economía

Obligatoriedad de plan de Igualdad empresarial: plazos y contenido

Avatar Monlex Abogados Monlex Abogados MONLEX
Más sobre Economía
  • Monlex
Imagen opinión Hosteltur

El pasado día 14 de octubre se publicó el Real Decreto 901/2020, por el que se regulan los planes de igualdad y su registro y se modifica el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo.

Actualmente en estado de vacatio legis, se prevé su entrada en vigor a los tres meses de su publicación, por lo que será a mediados de enero de 2021.

El Real Decreto establece medidas para la adopción de planes de igualdad en el ámbito laboral, marcando las pautas para la revisión de aquellos que ya están en funcionamiento, así como la obligatoriedad de creación de un plan de igualdad para determinadas empresas que aún no cuenten con uno.

¿Quiénes están obligados a adoptar un plan de igualdad? Se establece su obligatoriedad para las Administraciones Públicas y para todas las empresas de 50 o más trabajadores, de acuerdo con lo establecido en el artículo 45.2 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres (LOI). En las empresas con menos de 50 trabajadores, tendrá carácter voluntario, a no ser que sea obligatorio por convenio colectivo.

Cabe destacar que para determinar el número de trabajadores se tendrá en cuenta la plantilla total de la empresa, independientemente del número de centros de trabajo y de la modalidad de contratación laboral. Así mismo, resultará suficiente con superar el umbral de los 50 trabajadores para su adopción, sin que el hecho de verse reducido el número de trabajadores de manera posterior afecte a la eficacia del plan adoptado.

El Real Decreto regula el contenido mínimo de los planes de igualdad a adoptar por las empresas, siendo éste:

• La determinación de las partes que los conciertan.

• Ámbito personal, territorial y temporal.

• Informe del diagnóstico de situación de la empresa, que consistirá en identificar las desigualdades, diferencias, desventajas, dificultades y obstáculos, existentes o que puedan existir en la empresa para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.

• Resultados de la auditoría retributiva (en relación con el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre).

• Definición de objetivos cualitativos y cuantitativos.

• Definición de medidas concretas y prioridades.

• Identificación de los medios y recursos necesarios (tanto materiales como humanos).

• Calendario de actuaciones para la implantación, seguimiento y evaluación de las medidas del plan de igualdad.

• Sistema de seguimiento, evaluación y revisión periódica.

• Composición y funcionamiento de la comisión u órgano paritario encargado del seguimiento, evaluación y revisión periódica de los planes de igualdad.

• Procedimiento de modificación, incluyendo el que dirima posibles discrepancias relativas al seguimiento o revisión del plan.

En relación al plazo para adoptar el plan de igualdad, debe tenerse en cuenta lo establecido en la D.T.12ª de la LOI. Según este artículo, el plan deberá adoptarse:

-Las empresas de más de 150 trabajadores y hasta 250, contarán con un periodo de un año para la aprobación de los planes de igualdad (exigible a partir del 07/03/2020).

-Las empresas de más de 100 y hasta 150 personas trabajadoras, dispondrán de un periodo de dos años para la aprobación (exigible a partir del 07/03/2021).

-Las empresas de 50 a 100 trabajadores dispondrán de un periodo de tres años para la aprobación (exigible a partir del 07/03/2022).

Los planes de igualdad deberán inscribirse obligatoriamente en el Registro de convenios y acuerdos colectivos de trabajo, el cual será de acceso público.

Asimismo y en relación con las medidas de igualdad del Real Decreto 901/2020, el mismo día 14 de octubre se publicó el Real Decreto 902/2020, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres. Este Decreto, en conjunto con el analizado anteriormente, pretende acabar con las discriminaciones retributivas por razón de sexo y evitar así la brecha salarial injustificada.

El año pasado, el RD Ley 6/2019 ya introdujo el registro salarial, y se obligó a que todas las empresas, independientemente de su tamaño, cuenten con un registro retributivo. Ahora, el Real Decreto 902/2020 desarrolla esta obligación.

El registro salarial debe incluir los datos promedios y desglosados de los sueldos reales (incluyendo qué parte es salario base y qué parte son complementos u otros extras) percibidos por los trabajadores, también altos cargos, divididos entre hombres y mujeres.

Aquellas empresas con 50 trabajadores o más deberán dar un paso más e incluir en sus planes de igualdad una auditoría retributiva, que además de lo anterior contendrá las medias y medianas salariales de agrupaciones de trabajo de igual valor, aunque sean categorías diferentes, y una justificación si en alguno de los valores promedios la diferencia entre hombres y mujeres supera el 25%.

El Real Decreto 902/2020 entrará en vigor a los seis meses de su publicación. De este modo, las empresas deben adaptarse a las nuevas obligaciones hasta el 14 de abril de 2021.

Camila Ortiz Castro

Asesora Legal

mon-lex@mon-lex.com

Para comentar, así como para ver ciertos contenidos de Hosteltur, inicia sesión o crea tu cuenta

Inicia sesión

Esta opinión no tiene comentarios.


Acerca de comunidad

  • ¿Qué es Comunidad Hosteltur?
  • Términos de uso
  • Cómo publicar un artículo de opinión en Hosteltur
  • Cómo publicar notas de prensa en Hosteltur
  • ¿Cómo añadir un contenido embebido / iframe en la Comunidad Hosteltur?

Últimas notas de prensa

  • Senator Hotels & Resorts avanza hacia un modelo turístico más sostenible
  • Susana Carrillo, galardonada con el ‘Premio Empresaria’ en Baleares de CaixaBank
  • Más de cuatro décadas evolucionando Calpe: AR Hotels & Resorts reabre AR Roca Esmeralda completamente renovado
  • El turismo vuelve a darse cita en las alturas de Madrid de la mano de Aon

Las noticias más leídas

  • El eclipse de sol aportará 347 M € a la economía española y 446.700 turistas más esta semana
  • Recorrido La Vuelta a España 2026: qué ver en las 21 etapas desde Mónaco a Granada
  • Las Perseidas de 2026 llegan con una condición excepcional que no se repetirá todos los años

Noticias destacadas

  • No he solicitado el Imserso a tiempo: opciones que pueden quedar abiertas esta temporada
  • Viajes del Imserso y brecha digital: qué alternativas hay si no puedes hacer la solicitud online
  • Así será Catalina Sugar Beach, la nueva escala caribeña de MSC Cruceros
  • Recorrido La Vuelta a España 2026: qué ver en las 21 etapas desde Mónaco a Granada
  • Los viajes del Imserso ya tienen calendario: solicitudes hasta julio, cartas en agosto y reservas desde septiembre
Tarifas y productos para potenciar estrategias digitales

Hosteltur llega a más de 400.000 profesionales del sector turístico a través de múltiples plataformas, combinando información especializada y soluciones de marketing innovadoras

Ver tarifas y dosier

Hosteltur lleva más de 30 años ofreciendo periodismo especializado, veraz y contrastado, elaborado por periodistas expertos en turismo

Conoce a nuestro equipo
Hosteltur

Noticias de turismo para profesionales.
Actualidad sobre hoteles, economía, agencias de viajes, aerolíneas y empresas de turismo

Diario 7844 12.08.2026 | 11:17

  • LAIA
  • Academy
  • Webinars
  • Revistas
  • Comunidad
  • Hosteltur Responde
  • Madrid Responde
  • Riu Responde
  • Hoteles y Alojamientos
  • Distribución
  • Economía
  • Transportes
  • Innovación
  • Viajes
  • Quiénes somos
  • Tarifas
  • Contacto
  • Linkedin
  • Twitter
  • Facebook
  • Instagram
  • Youtube
  • Tiktok
  • Bluesky
  • Telegram
  • Whatsapp
  • Rss
  • Nota legal
  • Política de privacidad
  • Cláusula informativa de usuario
  • Política de cookies
  • Panel cookies

Proyecto acogido al programa de incentivos ligados al autoconsumo y almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU #PlanDeRecuperación

Comentar Accede o Regístrate
¿Ya eres usuario? Inicia sesión

Puedes acceder a este sitio web, mediante las siguientes opciones:

Acceso Gratuito con Cookies:

Si prefieres acceder de manera gratuita, puedes hacerlo aceptando la instalación de cookies. Al pulsar "Aceptar y Continuar", consientes la instalación de cookies, incluyendo aquellas de nuestros socios, para análisis de comportamiento, personalización de contenido y publicidad. Esta opción permite financiar nuestra plataforma y mantener la gratuidad del acceso.

Navegación Personalizada (Socios Premium):

Opta por una experiencia libre de cookies mediante nuestra opción “Hacerse socio Premium”. Siendo socio, tendrás acceso completo al contenido sin comprometer tu privacidad. Solo se instalarán las cookies estrictamente necesarias para la funcionalidad del sitio, por otra parte, nuestros suscriptores tendrán la opción de gestionar el consentimiento sobre la instalación del resto de cookies iniciando sesión en su cuenta.

Si ya eres socio Premium, puedes acceder al sitio y al contenido exclusivo iniciando sesión en tu cuenta. En este escenario, puedes configurar tus preferencias de cookies a través de configuración de cookies después de iniciar sesión.

Rechazar y suscribirse

Usted permite:

Medir el rendimiento del contenido (Google Analytics, Google Tag Manager, Linkedin Insight Tag y Meta Insights API)

Medir el rendimiento de los anunciantes (ADARA Analytics)

Puedes obtener más información en nuestra política de cookies o retirar tu consentimiento, en cualquier momento haciendo clic en configuración de cookies.