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26 febrero, 2018 (08:42:02) Por Monlex Abogados, en Transportes

​Los retos jurídicos del turismo espacial

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En 1959, la ONU creó la Comisión del Espacio de las Naciones Unidas (COPUOS) con el objetivo de regular la exploración y utilización del espacio exterior. Desde entonces varios tratados internacionales han sido redactados por este organismo, del cual 84 países son ahora miembros. Antes de que el hombre pisara la luna, Estados Unidos, el Reino Unido y la Unión Soviética ya habían aprobado el "Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre" (1967).

En 2018, Elon Musk (Tesla) y Richard Branson (Virgin) luchan por ser los primeros en conquistar el espacio a través de sus respectivas empresas: SpaceX y Virgin Galactic. Después de varias pruebas exitosas, Virgin Galactic tiene previsto poder enviar turistas al espacio a finales de este año. Aunque el precio del viaje por seis minutos de ingravidez cueste 250 000 dólares, dicha empresa cuenta con 600 reservas.

El marco jurídico proveído por los varios tratados sobre el espacio ultraterrestre se está ampliando (o deberá ser ampliado) con el propósito de contemplar los numerosos aspectos legales que supone enviar personas y naves al espacio en viajes turísticos organizados por empresas privadas, y cuyos principales retos jurídicos son los siguientes:

- Criterios unificados de emisión de licencias y seguridad para las naves espaciales privadas: un proceso que continuará evolucionando a medida que la industria madure, a implantar y desarrollar por cada Estado Parte al Tratado sobre el Espacio Ultraterrestre de 1967.

El artículo VI de dicho Tratado establece que "las actividades de las entidades no gubernamentales en el espacio ultraterrestre, incluso la Luna y otros cuerpos celestes, deberán ser autorizadas y fiscalizadas constantemente por el pertinente Estado Parte en el Tratado" y que los Estados Partes "serán responsables internacionalmente de las actividades nacionales que realicen en el espacio ultraterrestre [...] los organismos gubernamentales o las entidades no gubernamentales". En EEUU, la Administración Federal de Aviación (en inglés, Federal Aviation Administration, FAA) regula el transporte espacial comercial desde su territorio.

- Daños físicos o materiales: El legislador y los tribunales deberán abordar las cuestiones de la responsabilidad en caso de accidente espacial, la aplicabilidad de los descargos de responsabilidad a firmar antes de un viaje o cuáles serán los requisitos para que un viaje espacial privado esté cubierto por una póliza de seguro.

El Convenio, aprobado en 1971, sobre la responsabilidad internacional por daños causados por objetos espaciales define los daños (tanto personales como materiales) e indica que el Estado de lanzamiento tendrá responsabilidad absoluta y responderá de los daños causados por un objeto espacial suyo en la superficie de la Tierra o a las aeronaves en vuelo (artículo II).

- Registro de naves espaciales: El art. VIII del Tratado General del Espacio (1974) establece que el Estado “en cuyo registro” figure el objeto lanzado al espacio retendrá su jurisdicción y control sobre tal objeto y sobre el personal que vaya en él. Desde 1962, las Naciones Unidas (UNOOSA) mantienen un Registro de objetos lanzados al espacio ultraterrestre.

Marc Ripoll

Abogado

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