Crisis por coronavirus

Colombia da un año de plazo para efectuar los reembolsos

El Gobierno decretó una válvula de alivio para quitar presión a agencias de viajes y prestadores habilitados

Publicada 16/04/20 -Actualizada 10/05/20 02:01h
Colombia da un año de plazo para efectuar los reembolsos

Con el objetivo de paliar la situación del sector turístico en medio de la crisis por la pandemia de coronavirus, el Gobierno de Colombia publicó un decreto que autoriza a las empresas debidamente inscriptas en el Registro Nacional de Turismo (RNT) a efectuar los reembolsos solicitados por los pasajeros en hasta un año. Además, permite a las aerolíneas pagar en octubre el impuesto nacional destinado al turismo y dispone los recursos de ese gravamen para asistir a los guías.

Una de las mayores preocupaciones del sector turístico global en este contexto de emergencia es cómo harán las empresas de todo el ecosistema turístico para devolver a los pasajeros el dinero de los servicios no prestados: vuelos, cruceros, hoteles, excursiones, alquileres de autos otros servicios vinculados y la paquetización de todo eso.

En todo el mundo se han lanzado campañas conminando a los turistas a no cancelar su viaje, sino a reprogramarlo, pero también es cierto que la crisis ha puesto en aprietos económicas a gran parte de la población del planeta, y muchos pasajeros están exigiendo el reembolso, poniendo en aprietos a todos los actores de la industria, desde el gran holding aéreo hasta el prestador local más pequeño. Y es por eso que los Estados han comenzado a intervenir en una problemática que podría hacer colapsar el sistema y dificultar enormemente el proceso de recuperación.

El presidente colombiano, Iván Duque

Colombia tomó este miércoles 15 de abril la decisión de dar una válvula de alivio para su sector turístico, otorgando a las empresas habilitadas un año de plazo para efectuar los reembolsos.

Efectivamente, el Gobierno colombiano publicó el Decreto 557 de 2020, que reordena el derecho de retracto, desistimiento y otras circunstancias de reembolso para prestadores, dado el actual contexto. “En los eventos en que los prestadores de servicios turísticos con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo (RNT) reciban solicitudes de retracto, desistimiento y otras circunstancias relacionadas con la solicitud de reembolso, podrán realizar, durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria declarada por el Ministerio de Salud y Protección Social, con ocasión de la pandemia derivada del Coronavirus COVID-19, y hasta por un año más, reembolsos a los usuarios en servicios que ellos mismos presten”.

“Este logro beneficia a las agencias de viajes y turismo, operadores, mayoristas y guías de turismo, entre otros. Sabemos que no sólo las agencias son las afectadas por esta crisis, sino también los demás subsectores, y por eso nos hemos movido de manera rápida por hallar soluciones que mitiguen la situación de todos”, explicó Paula Cortés Calle, presidente ejecutiva de Anato.

En ese sentido, el decreto también les permite a las compañías aéreas a presentar la declaración y pago del impuesto nacional con destino al turismo correspondientes al primero y segundo trimestre del año 2020, hasta el 30 de octubre de 2020. Y, además, establece que los recursos de ese impuesto puedan utilizarse para brindar asistencia de los guías de turismo que cuenten con inscripción activa y vigente en el Registro Nacional de Turismo (RNT).

Respecto a esto último, el ministro de Comercio, Industria y Turismo, José Manuel Restrepo, afirmó: “La emergencia sanitaria ha ocasionado, entre otras cosas, que las actividades de turismo en el país se encuentren totalmente paralizadas, generando una crisis en el sector. Es por ello que, por medio de este decreto, decidimos apoyar a los guías de turismo y sus familias, para que con esta ayuda cuenten con los recursos necesarios que les garanticen su mínimo vital”.

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