A partir de enero

México podría multar a las aerolíneas europeas que no faciliten datos de sus pasajeros

Para las líneas aéreas de la Unión Europea supone contravenir una normativa del Viejo Continente

Publicada 31/12/15 -Actualizada 03/07/18 22:58h
México podría multar a las aerolíneas europeas que no faciliten datos de sus pasajeros

México anuncia posibles sanciones a partir de enero a las aerolíneas europeas que no faciliten los datos del Registro de Nombres de Pasajeros (PNR, Passenger Name Record, en sus siglas en inglés) con "una multa mínima de unos 150.000 euros semanales por vuelo diario" que despegue o aterrice en el país.

La legislación mexicana obliga a todas las aerolíneas que operan en el país a transferir esta información desde noviembre de 2012, pero para las compañías de Unión Europea (UE) enviar los datos PNR a México supone contravenir la normativa europea de protección de datos mucho más estricta.

La "falta de avance" en las negociaciones entre la Comisión Europea y el citado país, iniciadas en junio para un acuerdo que permita transferir dichos datos, estaría detrás de la decisión de aplicar las primeras sanciones.

Los datos del PNR son aquellos proporcionados por el viajero durante el proceso de reserva y check-in (dirección, teléfono, fechas e itinerario del viaje, reserva de hotel, modo de pago e identidad del comprador del billete) y cuyo uso no está regulado en la UE.

La voluntad de la CE, con el mandato de los 28 de firmar un acuerdo de cooperación con México para el PNR, ha permitido aplazar hasta en tres ocasiones su aplicación a compañías europeas y evitar así las sanciones. Pero la entrada en vigor de un acuerdo PNR con México requiere su ratificación en el pleno de la Eurocámara, como colegislador.

Las sanciones

Las posibles sanciones afectarían a las principales compañías europeas que vuelan a México: Air France, British Airways, Lufthansa, airberlin, Iberia, Air Europa y evelop!, además de aerolíneas chárter con base en Reino Unido y Alemania.

En 2015 casi dos millones de pasajeros volaron entre Europa y México de enero a noviembre, un mercado que para España representa el 25%, uno de cada cuatro pasajeros.

México estableció la obligación de faciiltar los datos de los viajeros en noviembre de 2012. México estableció la obligación de faciiltar los datos de los viajeros en noviembre de 2012.

Ante esta situación, fuentes de la Asociación de Compañías Españolas de Transporte Aéreo (ACETA), consultadas por Europa Press han mostrado su preocupación por este 'bloqueo' y urgen a "un marco normativo armonizado" europeo.

"Las aerolíneas españolas que vuelan a terceros países con normativa PNR pueden verse impedidas de hacerlo en caso de no facilitar estos datos o incurrir en cuantiosas multas e igualmente pueden ser sancionadas en España por la Agencia de Protección de datos, en caso de facilitarlos", advierten, una sanción que puede alcanzar los 600.000 euros por vuelo.

Falta de regulación en Europa

Aunque los 28 han flexibilizado su postura para llegar a un consenso, el uso de los datos del PNR no está regulado a nivel de la UE. Algunos Estados miembros ya tienen un sistema PNR nacional (por ejemplo, Reino Unido), mientras que otros han adoptado normativas o están probando diferentes sistemas de datos PNR.

Sí exísten acuerdos con EEUU, Canadá y Australia para compartir determinados datos de viajeros de vuelos comerciales: Un avance hacia ciertos mínimos en la transferencia de datos desde Europa a terceros países, pero el reto es crear un registro europeo.

Los atentados del 11-S de 2001 marcaron un antes y un después. Desde 2004, con el Sistema de Información Avanzada de Pasajero (API, por sus siglas en inglés) las compañías facilitan el nombre de pasajero, nacionalidad, edad y género, código de vuelo, fecha, aeropuerto de salida y de llegada. Datos que se completan con los PNR.

La Comisión de Libertades Civiles, Justicia y Asuntos del Interior de la Eurocámara aprobó un preacuerdo el 10 de diciembre para una directiva que cree un registro aéreo de pasajeros (PNR) en Europa, tras cinco años de larga negociación, que votará el pleno del Parlameto Europeo a principios de 2016.

La directiva obligaría a las aerolíneas que operan entre un tercer país y al menos un Estado miembro de la UE a enviar a las autoridades del mismo los datos PNR para un registro unitario PIU (Passanger Information Units), que aplique disposiciones nacionales a vuelos dentro de Europa.

Ello requiere una mayor recopilación sistemática y garantías sobre el uso de datos del PNR facilitados por las compañías al PIU y sobre la conservación durante cinco años en el que se podrán recuperar bajo estricto control. El intercambio de datos ente países no será automático.

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