A partir de este lunes

La subvención a residentes en billetes aéreos se amplía a ciudadanos de fuera de la UE

Descuentos en transporte aéreo y marítimo para personas de terceros países

Publicada 01/04/13 -Actualizada 15/07/18 23:30h
La subvención a residentes en billetes aéreos se amplía a ciudadanos de fuera de la UE

La aplicación de las subvenciones en los billetes de transporte aéreo y marítimo destinadas a residentes en Canarias, Baleares, Ceuta y Melilla, se extiende desde este lunes, en ciertos casos, a ciudadanos nacionales de terceros países, es decir no pertenecientes a la Unión Europea, al Espacio Económico Europeo o a Suiza.

La medida entra en vigor para los billetes comercializados a partir de este 1 de abril, según ha informado el Ministerio de Fomento, que ha indicado que se está desarrollando la inclusión de los nuevos beneficiarios en el sistema de verificación automática SARA.

Hasta ahora el ámbito de aplicación de las bonificaciones al transporte aéreo de residentes en territorios no peninsulares se extendía a los ciudadanos españoles, así como a los nacionales de los demás Estados miembros de la UE, de los Estados firmantes del acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o de Suiza.

Los ciudadanos de terceros países, de momento, tendrán que acreditar su condición de residente con el certificado de empadronamiento y el permiso de residencia.Los ciudadanos de terceros países, de momento, tendrán que acreditar su condición de residente con el certificado de empadronamiento y el permiso de residencia.

Con esta ampliación, y como se contempla en la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para este año, el programa de ayudas se extiende en casos de ciudadanos nacionales de terceros países que sean familiares de residentes que ya tuvieran derecho a subvención y aquellos que sean residentes de larga duración.

Hace sólo dos semanas Fomento garantizaba a las agencias de viajes que mantendría el 50% de subvención en los vuelos de los residentes, según publicó HOSTELTUR noticias de turismo.

Acreditación

En ambos casos se deberá acreditar la condición de residente en Canarias, Baleares, Ceuta o Melilla mediante la presentación del certificado de empadronamiento emitido por el Ayuntamiento y el permiso de residencia correspondiente en vigor, hasta que estos dos nuevos casos de aplicación de bonificaciones se integren en el sistema de acreditación de residencia automatizado (SARA).

Desde el pasado 1 de octubre el SARA está a disposición de todas las compañías aéreas y marítimas, así como de los operadores de reserva, para facilitar al ciudadano el procedimiento de acreditación de residencia.

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