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Por Monlex Abogados, en Economía

Ayudas Covid-19 y restauración: el sector requiere más

29 enero, 2021 (10:24:46)
Imagen opinión Hosteltur

A lo largo de los últimos meses hemos sido testigos de numerosas regulaciones referentes a limitaciones o restricciones e incluso prohibiciones en el ejercicio de determinadas actividades. El ejemplo más claro lo encontramos en la restauración y la hostelería.

No es noticia que la actual situación de salud pública está provocando el hundimiento del sector de la restauración, actividad ejercida tanto por autónomos como por pequeñas y medianas empresas, que han visto descender su facturación a números sin precedentes o reducirse a cero como consecuencia de las restricciones (horarias, de aforo…) o por las decisiones administrativas de cierre.

Con el fin de paliar estos efectos arrolladores, el gobierno central y los gobiernos autonómicos han ido aprobando, desde la declaración del estado de alarma, una serie de ayudas a los afectados, desde subvenciones, préstamos y financiaciones, hasta medidas laborales y administrativas.

En lo que respecta a las medidas estatales, destaca una medida más que necesaria, dada la gran presión económica que conlleva la pérdida de ingresos. Se trata de la previsión de formalizar un acuerdo sobre la renta en los locales de negocio.

El reciente Real Decreto-Ley 35/2020, de medidas urgentes de apoyo al sector turístico, la hostelería y el comercio y en materia tributaria, prevé la posibilidad de que, en caso de no llegar a un acuerdo voluntario, arrendador y arrendatario pacten una rebaja del 50% en la renta o una moratoria de la renta durante el estado de alarma, con posibilidad de extenderse a los 4 meses siguientes, con la previsión de devolver en un plazo máximo de 2 años.

Cabe destacar que aquellos propietarios de inmuebles que no tengan la consideración de grandes tenedores (al no tener más de 10 inmuebles), y que acuerden para la renta correspondiente a los meses de enero, febrero y marzo de 2021, una moratoria o rebaja, podrán computar obtener un beneficio fiscal sobre la cantidad que dejen de percibir, pasando a considerarse como gasto deducible para el cálculo del rendimiento del capital inmobiliario.

En el ámbito laboral, continúan los ERTE que estuvieron presentes desde el principio, los cuales han vivido numerosas prórrogas. Y junto con éstos, para los trabajadores autónomos o fijos discontinuos, las ayudas extraordinarias por cese de en la actividad o por reducción de ingresos.

Por otro lado, y resultando de gran necesidad para mantener las estructuras empresariales a flote, se ha procurado poder dotar de liquidez a autónomos y empresas, aprobándose las diferentes líneas de avales ICO, diferenciándose entre los avales de liquidez y los destinados a la inversión; y contando también con los avales ISBA en el ámbito autonómico de las Baleares.

Recientemente, en relación con los avales ICO, se ha aprobado la ampliación de los plazos de carencia, que generalmente se condecían a 12 meses, pudiendo ahora ampliarse por 12 meses más, siendo el máximo de 24 meses. Así mismo, se incluye en las ampliaciones el periodo de amortización, que pasa de 5 años a 8 años como máximo.

Sobre la misma línea, el reciente Decreto Ley 1/2021 prevé medidas fiscales como la reducción del 95% en el impuesto sobre actos jurídicos documentados con el fin de facilitar a autónomos y empresas la devolución de los préstamos ICO e ISBA.

En el ámbito autonómico de las Islas Baleares, han sido varias las ayudas aprobadas. Desde ayudas directas al sector de la restauración, o préstamos como el antes mencionado de ISBA, hasta ayudas destinadas a sufragar los costes de compra y/o instalación de sistemas de purificación de aire y medidores de CO2, necesarios para establecimientos que cuenten con espacios interiores.

Adicionalmente, y con el objetivo de salvaguardar el turismo y la red de servicios dedicada a éste, se aprobaron también otro tipo de ayudas, destacando las subvenciones en materia de transporte por carretera de viajeros y mercancías, las ayudas para el sector del transporte discrecional turístico por carretera, o incluso subvenciones para la promoción de Mallorca como destino turístico.

No faltaron las ayudas locales, habiendo contado en los últimos meses con ayudas en diferentes municipios destinadas también a favorecer el consumo local de productos y servicios.

Si bien la restauración ha estado siempre en el foco de mira principal a la hora de la aprobación de ayudas, los últimos acontecimientos sociales constituyen una representación de la verdadera situación en la que se encuentran los profesionales dedicados a dicho sector. Y es que aunque se destinen fondos a la concesión de ayudas directas, o se permita un acuerdo sobre las rentas del alquiler de sus locales, estas ayudas resultan insuficientes debido a la gran pérdida de facturación en comparación con periodos anteriores.

Pero resultan más insuficientes aun cuando a día de hoy se mantienen otro tipo de gastos, como pueden ser los impuestos de basuras, incineración o alcantarillado incluyéndose los periodos en los que los establecimientos se encuentran cerrados (aunque sí se prevé, sin embargo, la posibilidad de solicitar el aplazamiento de las facturas de Emaya para los establecimientos ubicados en Palma).

En la hostelería, encontrándose la gran mayoría de hoteles cerrados, el Govern balear ha acordado extender la suspensión del pago anticipado del impuesto sobre estancias turísticas, ingreso que anualmente se tenía que realizar en el mes de septiembre basándonos en las previsiones de ingresos para todo el año en el régimen de estimación objetiva. Esta extensión para el ejercicio 2021 se ha acordado sin perjuicio de la obligación de la presentación y el ingreso de la autoliquidación de la cuota del año 2021 en 2022.

Ante un horizonte no muy bien definido, perdidas las temporadas 2020 y 2021, y con la incertidumbre presente cada vez que se anuncian nuevas restricciones, uno debe procurar estar preparado y actualizado, procurando mantenerse como parte de la marea y no ser engullido por ésta.

Camila Ortiz

Abogada de MONLEX

cortiz@monlexabogados.es

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