Pregunta 2438 hace 5 años en Agencia de Viajes
Respuesta por Miquel Planas Font hace 5 años
Apreciado lector,
Indicarle que entendemos se trata de una empresa que realiza actividades con incidencia en el ámbito turístico, como califica el artículo 29 de la Ley 13/2011 del Turismo de Andalucía.
De este modo, hay que atender la resolución de 28 de marzo de 2018 por la que se aprueba la instrucción por la que se establecen medidas adicionales en la normativa para el funcionamiento de la gestión delas entradas puestas a disposición de los agentes autorizados. En la misma resolución se recoge que el Patronato de la Alhambra y Generalife, como Agencia Administrativa adscrita a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, proporcionó unas medidas de equilibrio proporcional que garantizasen la seguridad en la oferta de reservas de las entradas.
En virtud de la resolución, se dictaron las siguientes instrucciones:
1) Las entradas de grupos organizados por Agentes Autorizados deben ser nominativas. Esta parte entiendo vuestra empresa lo viene cumpliendo.
2) Atendiendo necesidades y para una mejor previsión, se pone a disposición de los Agentes Autorizados un 10% de las entradas con una antelación de 12 meses.
3) Un Agente Autorizado dispondrá de un máximo de entradas diario de 120 y un máximo de entradas anual de 20.000, independientemente de la modalidad de visita.
Consecuentemente, nuestra recomendación es que su empresa proceda a confirmar que es calificada como un Agente Autorizado por el Patronato para la adquisición de entradas.
En el siguiente link, podrán encontrar el “Manual de reserva de entradas para Establecimientos Autorizados” : http://www.alhambra-patronato.es/fileadmin/PAG/como_visitar_alhambra/adquisicion_entradas/Manual_reserva_de_entradas_para_establecimientos_autorizados.pdf
Bajo nuestro punto de vista, no existiría acción fraudulenta puesto que se está realizando reventa de entradas (acción que debería comunicarse al Patronato para obtener su aprobación).
Muchas gracias,