Pregunta 2455 hace 4 años en Agencia de Viajes
Respuesta por Miquel Planas Font hace 4 años
Apreciado/a asociado/a,
Ante la intención de querer interponer una denuncia ante el órgano de inspección administrativo, en este caso la Consejería de Turismo, puede hacerse vía telemática o vía presentación del escrito en persona. En la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, por ejemplo, se permite la opción de enviar un escrito formal a la Consejería de Turismo, incluyendo los datos del establecimiento, dirección, exposición de los hechos y todos los documentos posibles. Por otra parte, alternativamente, ofrece la opción del buzón electrónico de inspección.
Es importante dejar constancia que será el propio órgano administrativo que, tras dar el curso pertinente a la petición, pueda decidir si inspeccionar o no el establecimiento.
En otro orden, no queríamos dejar pasar la oportunidad de indicarle que, sin perjuicio de desconocer por nuestra parte la Comunidad Autónoma en la que se encuentra la “casa rural” indicada, la normativa en materia turística de las Islas Baleares contempla el Decreto 220/2015 la necesidad de exhibir en la entrada principal del establecimiento la placa distintiva en la que conste su grupo (en este caso sería la categoría de turismo rural o agroturismo). Por su parte, la Ley 8/2012 recoge en sus artículos 15 y 28 la necesidad de identificar el número de inscripción turística, la categoría, especialización del establecimiento, así como distintivos de calidad, aforo, etc. Y, en el caso de que la publicidad por cualquier medio de difusión sin haber cumplido las exigencias legales para su ejercicio (con la correspondiente presentación de la declaración responsable) se considerará oferta ilegal o actividad clandestina, intrusismo y competencia desleal, e implica la incoación del expediente sancionador correspondiente.
Muchas gracias,
Reciba un cordial saludo