Pregunta 2484 hace 4 años en Agencia de Viajes
Respuesta por Joana Tremba hace 4 años
Buenas tardes,
Atendiendo a su consulta indicarle que, de acuerdo con el Reglamento Europeo (CE) Nº261/2004, los pasajeros pueden ser compensados por cambios de programación, pero bajo ciertas condiciones. Así, la aerolínea tiene el deber de comunicar al pasajero todo cambio de horario con una antelación mínima de 14 días a la fecha establecida del vuelo. En tal caso, la aerolínea debe ofrecer al pasajero la opción de recolocarle en otro vuelo o bien el reembolso del billete.
En caso de que la aerolínea no notifique con la citada antelación, el pasajero tendrá derecho a indemnización. En tal caso, el cambio en el horario de un vuelo es tratado como una cancelación.
Si una vez realizada una reserva y, como consecuencia del cambio de horario de la aerolínea, el pasajero debe pernoctar, es la aerolínea la responsable de proporcionar alojamiento al pasajero. Ahora bien, si no se ha realizado reserva alguna, es responsabilidad del pasajero la reserva de un alojamiento.
Espero haber resuelto su duda, en caso contrario, por favor, háganoslo saber.
Marta Guerrero
Especialista en Derecho Aeronáutico