Preguntas Asesoría legal turística Hosteltur

Pregunta 2510 hace 5 años en Agencia de Viajes

Buenas tardes, En el hipotético caso que la pandemia esté controlada, las restricciones y estados de emergencia se hayan levantado ¿estaría justificado el cambio reembolso de una reserva de un hotel por OTA? Tenemos clientes de reservas futuras, agosto, septiembre, etc que están solicitando su reembolso. También quería saber si, las reservas de hotel tanto de OTA´S, web del hotel y directas aplicaba lo siguiente: “Si el motivo para la cancelación del viaje es el COVID-19 o la cancelación es como consecuencia de las medidas adoptadas durante el estado de alarma, el viajero tiene derecho a cancelar el contrato y solicitar el reembolso, con independencia de que se trate o no de una tarifa reembolsable.” Por último, quisiera saber si podemos negarnos a reembolsar a todas las reservas con fecha de llegada 17/03 o posterior. Por Email les ofrecíamos cambio de fecha o el reembolso, pero el reembolso nos es económicamente imposible, ¿les podríamos ofrecer cambio de fecha o bono?. ¿Hay algún articulo del Boe que nos ampare?

Respuesta por Mónica Julve hace 5 años

El Real Decreto Ley 11/2020 no ampara la cancelación de cualquier viaje, sino que lo que hace es establecer de qué modo debe procederse ante aquellos viajes cuya realización ha resultado imposible por causa del COVID-19. Los viajes previstos para agosto o septiembre, por el momento, no se han visto afectados ni resultan por ahora imposibles. Si el cliente quiere cancelarlos puede hacerlo, pero mientras no sepamos qué medidas estarán vigentes en agosto y septiembre, y si será posible o no realizar el viaje que tienen programado, mi conclusión es que no quedarían amparados por el Real Decreto Ley 11/2020.

 

Los reembolsos y la forma de proceder a ellos están regulados en el art. 36 del Real Decreto Ley 11/2020, de 31 de marzo, publicado en el BOE de 1 de abril 2020.

Mónica Julve

Abogada

mjulve@monlexabogados.es

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Abogado de asesoría turística: Antonio Serra Serra Antonio Serra Serra Abogado Socio-Director y Fundador de MonLex

Licenciado en Derecho por la Universitat de les Illes Balears (1988). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 2653.

Especialización en el Área Fiscal y Contable por el Centro de Estudios Financieros de Madrid (1991).

Ejerció como abogado fiscalista en diferentes despachos. En 2002 funda MON-LEX, conjuntamente con José Antonio Fernández de Alarcón Roca, firma en la que desarrolla su actividad desde entonces.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente, impartiendo desde el inicio cursos formativos para diferentes Confederaciones Empresariales.

Idiomas: Castellano, Catalán, Inglés y Francés

Abogado de asesoría turística: José Pradel Alfaro José Pradel Alfaro Abogado especialista en Fiscalidad.

Licenciado en Derecho por la Universidad Complutense de Madrid (1972). Colegiado en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 880.

Ejerce como abogado fiscalista en despacho propio desde 1978 y se incorpora como socio, en 2004, a la firma MONLEX, en la que desarrolla su actividad.

Ostenta el position de miembro del Consejo de Administración de relevantes compañías turísticas multinacionales.

Compagina su actividad profesional con la docente impartiendo seminarios de formación para empresas.

Abogado de asesoría turística: Luisa González Pou Luisa González Pou Abogada especialista en Responsabilidad Civil y negociación pre-litigiosa

Graduada en Derecho y Máster de Abogacía por la Universidad de les Illes Balears (UIB). Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de les Illes Balears con el número 6480.

Se incorporó a MonlexHispajuris en 2016 y está especializada en responsabilidad civil corporativa.

Ejerce también en el departamento jurídico de una empresa del sector turístico.

Idiomas: Castellano

Abogado de asesoría turística: Carolina Ruiz Ramirez Carolina Ruiz Ramirez Abogada especialista en Derecho Penal y Procesal

Licenciada en Derecho por la Universidad Abat Oliba CEU (1998). Colegiada en el Ilustre Colegio de los Abogados de Terrassa (Barcelona) con el número 1976. Colegiada en el Ilustre Colegio de Abogados de las Illes Balears (ICAIB) con el número 4452.

Oposición Judicatura años 1999-2002.

Realización de cursos de doctorado en la Universidad de les Illes Balears en Responsabilidad penal de las personas jurídicas; Derecho Penal y Constitución; El proceso penal de menores; El principio de no discriminación en el ámbito laboral; El sistema de fuentes del Derecho del Trabajo; Análisis de la jurisprudencia desde el punto de vista práctico.

En la actualidad se encuentra realizando la tesis doctoral en materia penal.

Programa Ejecutivo Compliance Officer (Controller Jurídico) 2014 – 2015.

Idiomas: Castellano, Catalán e Inglés

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